Condenas de multa para dos hombres por amenazas a Abascal al difundir un cartel musical con su imagen con un tiro

21/01/2018 Palacio de Justicia en Bilbao

POLITICA ESPAÑA EUROPA PAÍS VASCO
21/01/2018 Palacio de Justicia en Bilbao POLITICA ESPAÑA EUROPA PAÍS VASCO
Guardar

La Audiencia Provincial de Vizcaya ha condenado a dos hombres al abono de multas de 720 euros cada uno por un delito leve de amenazas al presidente de Vox, Santiago Abascal, por difundir el 18 de agosto de 2023 en una web amateur un cartel de conciertos de música alternativa con la imagen el político representado con un tiro en la nuca.

A los dos acusados, a los que se les absuelve de un delito de odio, también se les impone el pago de una indemnización de 2.000 euros, de forma conjunta y solidaria, en concepto de responsabilidad civil, y se impone el abono de la mitad de las costas del procedimiento. La sentencia puede ser recurrida en apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJPV.

PUBLICIDAD

La resolución judicial considera probado que uno de los acusados tenía registrado un dominio y era responsable de la página web dedicada a la difusión de noticias relacionadas con conciertos musicales y reseñas de discos. Con él colaboraba el otro encausado, y ninguno de los dos tenía antecedentes penales.

Dentro de la actividad que desarrollaban, el 18 de agosto de 2023, subieron a la web y publicaron una serie de tres carteles que anunciaban conciertos de música alternativa fuera de la programación oficial de las fiestas de Bilbao a celebrar los días 22, 23 y 24 de agosto de 2023 entre una txosna y una sala de conciertos.

PUBLICIDAD

Uno de ellos contenía una representación gráfica de la imagen del presidente del partido político Vox, sentado en un vehículo descapotable con una salpicadura roja en la parte posterior de la cabeza, simulando sangre, como si hubiera recibido un tiro en la nuca. El cartel no contenía referencia alguna a Vox, sus militantes o simpatizantes.

La imagen llegó a conocimiento de Santiago Abascal por medio de terceras personas "infundiéndole temor, sin que se haya acreditado que ello determinara o alterara de forma grave el desarrollo de su vida cotidiana", según apunta la sentencia.

También señala que Abascal, que estuvo amenazado por ETA, al ver esa imagen que "inequívocamente" representa el momento de su "asesinato", lo percibió como "una amenaza directa a él, su familia y sus hijos".

La Audiencia Provincial de Vizcaya cree que no ha quedado probado que los acusados actuaran con la finalidad de "fomentar el odio o el ejercicio de violencia" contra el líder de Vox "por razón de su ideología, o contra los votantes o simpatizantes" de ese partido político.

La sentencia estima que los hechos no llegan a configurar, por tanto, los elementos del delito de odio, dado el formato del cartel, anunciando un concierto callejero de música alternativa, que se publicó en una web amateur de conciertos sin adscripción política o ideológica", y la mayor repercusión que tuvo fue la que le dieron los medios de comunicación "que se hicieron eco de la noticia de la aparición del cartel amenazador", ya que no llegó a verse en la vía pública.

DELITO DE AMENAZAS LEVE

No obstante, la Audiencia de Vizcaya sí cree que hubo un delito leve de amenazas, "que se percibe en la representación gráfica del cartel". A juicio del Tribunal, "no se puede negar la potencialidad lesiva del bien jurídico relativo a la libertad y seguridad de la persona" que se representa en el cartel, como es derecho a la tranquilidad en el desarrollo de su vida cotidiana, en la medida en que Santiago Abascal es "plenamente reconocible", por más que se tratase de una fotografía editada.

En su opinión, supone "una amenaza típica, porque el cartel contenía una imagen expresiva de un mal explícito, injusto, determinado e inminente -un asesinato- con carga intimidatoria bastante para el destinatario de la amenaza, que así lo percibió en tanto aparecía en su lugar de origen con representación de una forma de asesinar vinculada a la banda terrorista ETA".

No obstante, considera que es un delito leve porque "la seriedad de la amenaza se asentaba básicamente en la representación de un tiro en la nuca, seña de identidad de varios asesinatos terroristas llevados a cabo por ETA", pero la realidad es que, cuando se hizo público el cartel, hacía más de diez años que la banda había anunciado el cese de su actividad, "no cometiendo asesinatos desde entonces, circunstancia que racionalmente permitía diluir la percepción de gravedad o seriedad de la amenaza".

Por otro lado, destaca que el evento que pretendía publicitar el cartel "no era político, ni tenía cariz ideológico, sino que era musical, y no iba dirigido específicamente a un público de la izquierda abertzale radical -si bien es cierto que los mensajes ocultos en el cartel se asocian a extremismo violento, incluido el anarquismo-".

Tampoco consta, tal como apunta la resolución judicial, que los acusados "se muevan en ámbitos cercanos a una ideología némesis" de la de Abascal, ni que el presidente de Vox, tras conocer la amenaza, "modificara sus rutinas o tomara mayores prevenciones en su seguridad". En todo caso, no cree que las versiones de los acusados de que no habían visto esa imagen cuando subieron la información delos conciertos a la web. Para el órgano judicial vizcaíno, todo ello "permite afirmar que existió una amenaza de muerte".

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD