Implementaron cambios en el régimen de cancelación de compras online

Con la publicación de la Disposición 954/2025 en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía refuerza la protección al consumidor digital con modificaciones en la normativa vigentes

Google icon
Ordenaron que haya un botón de arrepentimiento en las páginas web que venden bienes o servicios (Imagen Ilustrativa Infobae)

En 2020, la ex Secretaría de Comercio Interior del ex Ministerio de Desarrollo Productivo había establecido que los proveedores que comercialicen bienes y servicios a través de páginas o aplicaciones web deberían poder revocar las compras. Ahora, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Economía dispuso una actualización integral de las normas que regulan el derecho de arrepentimiento y la baja de servicios contratados a distancia.

La medida, firmada por el subsecretario Fernando Martin Blanco Muiño, fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y afecta a todas las empresas que comercializan bienes y servicios a través de internet o canales digitales.

Así, mediante la Disposición 954/2025, establecieron que los proveedores deberán incorporar en sus sitios web un “Botón de Arrepentimiento” y un “Botón de Baja de Servicio”, ambos ubicados de manera visible y accesible en el primer acceso a la página.

PUBLICIDAD

Estas herramientas permitirán a los consumidores revocar la aceptación de un producto o solicitar la baja de un servicio sin necesidad de registrarse ni realizar trámites adicionales.

De esta manera, fijaron que las empresas proveedoras de servicios o dedicadas a la venta online de bienes tendrán un plazo de 60 días para adecuar sus plataformas.

La normativa responde a la necesidad de simplificar y agilizar los trámites de baja y arrepentimiento en contrataciones a distancia, en línea con el Artículo 10 y el Artículo 34 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, así como el Artículo 1.110 del Código Civil y Comercial de la Nación.

PUBLICIDAD

“Al momento de hacer uso del BOTÓN DE ARREPENTIMIENTO, el proveedor no podrá requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite adicional”, indica la disposición.

Las empresas proveedoras tendrán un plazo de 60 días para adecuar sus plataformas (Imagen Ilustrativa Infobae)

También se introducen modalidades especiales para el ejercicio del derecho de arrepentimiento en la compra de entradas para espectáculos, eventos deportivos o artísticos, y en servicios turísticos con fecha determinada.

En estos casos, el plazo de diez días para ejercer el derecho comenzará a correr desde la entrega de las entradas o el comprobante de pago, y la notificación al proveedor deberá realizarse al menos 24 horas antes del evento.

Para servicios turísticos, como locaciones hoteleras o alquiler de autos, se aplican condiciones similares.

Existen excepciones a la aplicación del derecho de arrepentimiento:

  • No será válido cuando el producto haya sido consumido, en la compra de productos perecederos
  • Cuando la adquisición se realice con fines de reventa o integración en procesos productivos.
Existen excepciones a la aplicación del derecho de arrepentimiento (Imagen ilustrativa Infobae)

En cuanto a la baja de servicios, la disposición exige que el “Botón de Baja de Servicio” esté disponible en el primer acceso a la web o canal digital, y que el trámite no requiera pasos adicionales. Una vez solicitada la baja o el arrepentimiento, el proveedor deberá informar al consumidor, en un plazo máximo de 24 horas, el código de identificación de la petición y tomar las medidas necesarias para efectivizar la solicitud.

La disposición también regula los servicios de atención al consumidor. Las empresas deberán ofrecer atención telefónica o digital en horarios no inferiores a los de operación comercial, y en caso de atención exclusivamente telefónica o electrónica, el horario mínimo será de ocho horas diarias, de lunes a viernes. Además, los proveedores deberán informar en sus páginas web los canales de contacto y el área responsable de la atención al cliente.

En cuanto a la baja de servicios, la disposición exige que el “Botón de Baja de Servicio” esté disponible en el primer acceso a la web o canal digital (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo podrá dictar normas interpretativas o complementarias para la adecuada implementación de la medida.

El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado conforme a la Ley 24.240.

Con esta decisión, el Ministerio de Economía busca reforzar la protección de los consumidores en el comercio digital, simplificar los procedimientos de baja y arrepentimiento, y garantizar la transparencia y agilidad en la relación entre empresas y usuarios.

Más Noticias

Alerta por estafas virtuales que vacían cuentas bancarias: qué es lo que nunca se debe hacer, según el BCRA

El organismo difundió recomendaciones para prevenir fraudes, identificar consumos no reconocidos en la tarjeta de crédito y realizar los reclamos correspondientes

ANSES: quiénes cobran hoy, miércoles 22 de julio de 2026

El cronograma oficial habilita la acreditación de haberes y prestaciones para jubilados, pensionados y titulares de asignaciones según la terminación del documento en todo el país

Tras mejorar la calificación de Argentina, Moody’s alertó por el riesgo del regreso de un “gobierno intervencionista” en 2027

La deuda quedó con “perspectiva positiva”, mejorando incluso lo que habían dispuesto otras dos agencias en el último mes. Pronóstico de elevado crecimiento, por encima del esperado por el mercado

Inocencia Fiscal: el Gobierno lanza un nuevo proyecto para que salgan USD 170.000 millones de los colchones de los argentinos

Este miércoles, el ministro de Economía, Luis Caputo, realizará una conferencia de prensa junto con tributaristas para explicar los cambios que buscará que apruebe el Congreso. Las dudas por la adhesiones de funcionarios y el debate en el Congreso

¿Hay una ola de 0 km importados?: cómo le fue a las automotrices locales desde la apertura total del mercado

A dos años y medio de la eliminación de las SIRA que limitaban el acceso a los dólares para pagar las compras en el exterior, el mix de nacionales e importados se dio vuelta. Los números marca por marca