Oficializaron el aumento para las empleadas de casas particulares: de cuánto será el bono

La medida se conoció a través de una resolución publicada en Boletín Oficial

En julio las empleadas y empleados domésticos recibirán una primera parte del ajuste (Ricardo Rubio / EUROPA PRESS)

En las primeras horas de este miércoles, el Gobierno formalizó el aumento para las empleadas de casas particulares, cuyo acuerdo se alcanzó hace 15 días, cuando las autoridades convocaron a los representantes del sector para una discusión formal. Los incrementos y los meses de aplicación quedaron comprendidos dentro de la Resolución 1/2025 de Boletín Oficial.

Esta recomposición salarial se dio tras más de seis meses sin actividad en la mesa de negociaciones. Durante el encuentro, que duró casi cuatro horas, las partes llegaron a un acuerdo de una suba del 6,5%, para el período que va de febrero a septiembre, segmentado en dos partes. Por un lado, un 3,5% sobre los mínimos de enero; y por otro, tres pagos adicionales de 1% sobre los mínimos de julio, agosto y septiembre.

Con este alcance, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares aplicó los porcentajes sobre los salarios mínimos con el fin de mejorar las condiciones laborales del sector a nivel nacional.

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De acuerdo con lo que detalla el texto de la normativa, el esquema de pago de la primera parte se hará sobre los montos de base vigentes para el mes de enero de 2025, que será abonado conjuntamente con los haberes de julio de este año. Este ajuste alcanza a todo el personal enmarcado en el régimen legal actual y se calcula sobre las remuneraciones mínimas ya definidas en la resolución anterior del organismo.

A partir de julio se definió una nueva suba del 1% sobre los salarios mínimos reajustados por el aumento anterior, conforme las escalas estipuladas. Seguidamente, en agosto de 2025, se aplicará el mismo porcentual adicional sobre los valores resultantes; y finalmente, desde septiembre, habrá un tercer incremento, también del 1%. Cada una de las actualizaciones quedó explicitada en los primeros artículos de la resolución.

El resto del aumento se hará en tres partes iguales, desde julio hasta septiembre

Por otro lado, se confirmó el otorgamiento de una suma no remunerativa por única vez para todo el personal alcanzado por la ley. Tal como se anticipó, se trata de un monto de $ 10.000 para los sueldos del corriente mes, en empleadas que hagan más de 16 horas semanales. Para las que hacen de 12 a 16 horas, le corresponderá $7.000; y por debajo de este último, el monto será de $4.000.

A partir del siguiente mes, estas sumas se reducen a $9.500, $6.000 y $4.000 respectivamente, y lo mismo se reiterará en septiembre. Todos impactarán en las cinco categorías laborales reconocidas en la actividad: supervisores/as, cocineros/as, caseros, asistentes de personas y personal para tareas generales.

Las actualizaciones salariales y la suma extraordinaria dispuestas por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) tendrán aplicación en todo el territorio nacional y, según aclara el documento, derivan de la voluntad del organismo de mejorar las condiciones laborales del personal doméstico, en cumplimiento de los principios y facultades conferidos por la Ley 26.844. Entre sus funciones, la CNTCP se encarga de establecer montos mínimos, regular aspectos vinculados a las condiciones laborales y determinar beneficios sociales.

Desde un panorama más completo, a partir del próximo mes, los empleados y empleadas que cumplen funciones de limpieza y tareas generales bajo la quinta categoría y tienen un régimen de trabajo con retiro por menos de 24 horas a la semana tendrán garantizado un salario mínimo de $2.992,84 por cada hora trabajada. Este valor aplica exclusivamente a quienes prestan servicios en casas particulares bajo esas condiciones horarias y con la modalidad de retiro diario.

En el caso de quienes desempeñan las mismas tareas, pero residen en el lugar de trabajo, es decir, trabajan sin retiro, la escala salarial es mayor. Para estos trabajadores y trabajadoras, la remuneración mínima por hora a partir de agosto de 2025 se fija en $3.229,09. Esta diferenciación se establece en función de la modalidad contractual, ya que permanecer en el domicilio implica mayor disponibilidad y responsabilidades adicionales, motivo por el cual la escala salarial resulta superior.

La medida fue validada por el servicio jurídico permanente, la Subsecretaría de Gestión Administrativa y la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa del Ministerio de Capital Humano, y lleva la firma de la presidenta de la comisión, Sara Alicia Gatti.

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