Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en febrero de 2025

Mientras se avanza en las negociaciones por una actualización salarial, los empleadores tendrán que ajustarse a los valores que están vigentes a la espera de la confirmación de los aumentos

Los salarios varían según si el trabajador tiene retiro o no, y pueden incluir adicionales por zona desfavorable y antigüedad (Getty)

En enero de 2025, los empleados del servicio doméstico en Argentina percibirán pagos que van de $2.780 a $3.670 por hora, dependiendo de la categoría y la modalidad de trabajo. Los montos son los mismos que rigen desde el pasado mes de octubre, ya que desde entonces los salarios permanecen congelados.

Para quienes se desempeñan en tareas de supervisión, el salario mensual alcanzará los $418.240 en el caso de empleados con retiro, mientras que aquellos sin retiro percibirán $465.872. En cuanto a la remuneración por hora, los valores oscilarán entre $3.351 y $3.670, según la modalidad de trabajo. Este grupo abarca a quienes tienen personal a su cargo y coordinan las distintas actividades dentro del hogar.

El personal dedicado a tareas específicas, como cocineros, recibirá un sueldo mensual de $338.569 si trabajan con retiro, mientras que sin retiro la cifra ascenderá a $432.543. Por hora, los valores irán desde los $3.173 hasta los $3.479, dependiendo de si residen o no en el domicilio del empleador.

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En el caso de los caseros, que residen en la vivienda donde prestan servicios y realizan tareas de mantenimiento general, el sueldo mensual será de $379.111, con un valor por hora de $2.997.

Quienes brindan asistencia y cuidado de personas percibirán un sueldo mensual de $379.111, mientras que sin retiro la cifra ascenderá a $422.479. La remuneración por hora en este sector variará entre $2.997 y $3.351.

Por último, el personal que realiza tareas generales, como limpieza, lavado, planchado y mantenimiento en general, recibirá un sueldo mensual de $340.931 en la modalidad con retiro, y de $379.111 sin retiro. En cuanto al cobro por hora, los valores serán de $2.780 y $2.997, respectivamente.

Aunque se aplicaron aumentos en septiembre y octubre, el convenio aún no fue aprobado oficialmente

Cabe destacar que estos montos pueden variar según la región del país, ya que en algunas provincias se aplica un adicional por “zona desfavorable”. Además, se debe tener en cuenta el adicional por antigüedad, que incrementa el salario de acuerdo a los años de servicio del trabajador.

Los empleadores deberán asegurarse de cumplir con los nuevos valores salariales para evitar inconvenientes legales y garantizar condiciones laborales justas para los trabajadores del sector. Es recomendable que ambas partes consulten fuentes oficiales o asesores especializados para conocer todos los detalles de la normativa vigente.

Acuerdo no homologado

El último aumento acordado entre el gremio del sector y la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares incluyó una suba del 2,8% en septiembre pasado y un alza del 3,2% en octubre (con relación a los sueldos del mes anterior), lo que dio como resultado un incremento del 6%. Sin embargo, el convenio aún no fue homologado, por lo que en sus sitios oficiales el Gobierno informa como vigentes los salarios correspondientes al mes de agosto de 2024.

De todas formas, aunque el convenio no haya sido homologado, las subas acordadas para septiembre y octubre se hicieron efectivas sobre los salarios abonados por los empleadores.

En lo que respecta a noviembre, diciembre y enero, las subas se están discutiendo por estas horas en las Comisión, por lo que podría haber novedades en las próximas horas. En ese marco, no se descarta que se apliquen incrementos retroactivos que compensen el avance de la inflación en los últimos meses.

Horas extras y antigüedad

De acuerdo a la reglamentación vigente, cuando el personal preste servicios en horas extra se deberá abonar un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se trata de días comunes y un recargo del 100% calculado sobre el salario habitual en días sábados después de las trece horas, en días domingo y feriados.

En lo que respecta a la antigüedad, se deberá abonar un adicional del 1% por año en los salarios mensuales del trabajador, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. El concepto estará incluido en los recibos como un nuevo ítem para facilitar su identificación.

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