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Permitirán descontar de Ganancias una parte de las cuotas de colegios privados

La iniciativa, impulsada por el radical Emiliano Yacobitti, alcanza también a otros gastos educativos de los padres de hijos de hasta 24 años

Se podrán deducir de Ganancias las cuotas de la educación de hijos de hasta 24 años (Shutterstock)

El dictamen de comisión para el proyecto de Ley de Presupuesto 2023 incluyó una modificación que les permitirá a los padres deducir del Impuesto a las Ganancias del pago de las cuotas de los colegios privados y otros gastos educativos de sus hijos.

Como explicó el tributarista Sebastián Domínguez, “la deducción tiene un tope que es el 40% del mínimo no imponible, que hoy es de 252.000 pesos y que se va a actualizar para el año próximo por Ripte; de esa suma se podrá descontar el 40 por ciento para gastos educativos”.

El oficialismo tuvo que aceptar incluir varios cambios en el proyecto del Presupuesto 2023 para poder obtener el dictamen, lo que habilita el tratamiento y eventual aprobación del texto en el recinto la semana que viene. Hubo distintas concesiones, por ejemplo una “cláusula gatillo” que exigía la oposición y que define el destino de unos USD 18.000 millones de recursos no contemplados en el texto original. Y también el artículo que busca que los jueces paguen el Impuesto a las Ganancias y un aumento a los subsidios del transporte.

En esa lista de cambios de último momento es que se sumó el beneficio fiscal para padres con hijos que realicen estudios ya sea en colegios, institutos de idiomas o cualquier otra instancia educativa.

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A la hora de tratar la facultad del Ejecutivo de incrementar el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, el oficialismo aceptó la incorporación de un artículo para establecer una deducción de hasta el 40% de los gastos educativos de una familia.

Todos los gastos escolares, desde la cuota del colegio privado, hasta, por ejemplo, un curso de computación o la compra de un libro, podrían quedar incluidos. Sin embargo, todos esos detalles quedarán establecidos en la reglamentación de la norma. Se incorporaría al incorporar el “inciso J” del artículo 85 de la Ley del Impuesto las Ganancias para el ejercicio fiscal 2023.

Se trata de una propuesta que, en forma de proyecto de Ley, impulsó el diputado de Evolución Radical Emiliano Yacobitti y al que empujó, además, Martín Tetaz, del mismo espacio.

El proyecto radical contempla que la inversión educativa, o sea todas las herramientas y servicios con fines educativos, puedan ser deducidas del impuesto a las Ganancias, de manera simple, para los trabajadores y trabajadoras, se encuentren o no en relación de dependencia y estén alcanzados por dicho tributo.

“Vemos prioritario el recuperar a la educación como el instrumento del progreso que hizo grande a la Argentina y nos integró, por ello insistimos en que la educación es una inversión a futuro”, dijo un comunicado de Evolución Radical.

Si bien los diputados de Juntos por el Cambio no acompañaron el dictamen y señalaron que seguirán analizando los últimos artículos agregados, en general se espera apoyo opositor para el proyecto de Ley, lo que genera chances reales de que la deducción por gastos educativos se vueva realidad.

Varios opositores reconocieron ante Infobae que probablemente votarán favorablemente en el recinto por dos razones: primero porque las pautas macroeconómicas son más “realistas” (60% inflación y 2% de crecimiento económico) y porque el oficialismo aceptó varias modificaciones; en segundo término, porque consideran que rechazar el proyecto por segundo año consecutivo le da total discrecionalidad al Gobierno para reconducir los gastos por decreto.

“En un año electoral sería algo muy complejo, ya lo vivimos este año”, señalaron desde el radicalismo.

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