La Anses oficializó la jubilación mínima de $15.892 y la ampliación de la Asignación Familiar

Así quedó establecido a través de las resolución 75 y 76/2020 publicadas hoy en el Boletín Oficial. El haber mínimo de marzo quedó fijado en $15.891 y el máximo en $106.934

(DyN)

Luego de la sanción de la Ley de Emergencia Económica y Reactivación Productiva y la suba de los haberes para el segundo trimestre del año vía decreto, la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) oficializó este miércoles la jubilación mínima y máxima en $15.891,49 y $106.934,71, respectivamente. Asimismo, se estableció la ampliación de la Asignación Familiar.

Lo hizo a través de las resoluciones 75/2020 y 76/2020 publicadas este miércoles en el Boletín Oficial.

El artículo tres de la segunda resolución indica que las bases imponibles mínima y máxima quedan establecidas en la suma de $5.352,24 y $173.945,70, respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2020.

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Mientras que en el artículo 4° se establece el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) en la suma de $6.799,08.

Asimismo, el artículo 5° se fija el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) aplicable a partir del mes de marzo de 2020 en $12.713,19.

“Dispónese que las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 29 de febrero de 2020 o los que, encontrándose encuadrados en la compatibilidad establecida por el artículo 34 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, continúen en actividad y solicitaren la prestación a partir del 1° de marzo de 2020, se actualizarán a los fines establecidos por el artículo 24 inciso a) de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, según el texto introducido por el artículo 12 de la Ley Nº 26.417, mediante la aplicación de los índices de actualización determinados por la Secretaría de Seguridad Social”, indica el artículo 6°.

En tanto, en la Resolución 75/2020 se resuelve que el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley N° 24.714 será equivalente al 13% de los rangos y montos “establecidos en los Anexos mencionados en el artículo 2° de la Resolución Nº RESOL-2019-284-ANSES”.

El límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a los titulares y a las titulares de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, correspondiente al grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto N° 1667/2012, será de $5.352,24 y de $155.328, respectivamente.

En tanto, la percepción de un ingreso superior a $77.664 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido en el artículo precedente.

Cabe recordar que en medio de la crisis sanitaria que está paralizando la economía, el Gobierno sigue con su esquema de anuncios por sectores.

En este caso, estuvieron centrados en los sectores más postergados y fueron seis, a saber: bono de $3.000 para jubilados que cobran la mínima; bono para quienes cobran asignaciones equivalente a una AUH adicional ($3.100) por hijo; dos meses adicionales de gracia, abril y mayo, para los créditos de Anses; bono de $3.000 para perceptores de planes sociales; refuerzo presupuestario a comedores escolares y comunitarios para migrar a un esquema de viandas y cambio de modalidad de entrega de la tarjeta alimentaria, que será distribuida por el Correo Argentino.

“El objetivo es preservar los ingresos de la población más pobre. Junto con el bono vamos a generar unidades ejecutoras de bancos de materiales para llevar adelante obras de infraestructura barriales en escuelas, clubes o viviendas precarias”, señaló el ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, en una conferencia de prensa junto al titular de la Anses, Alejandro Vanoli.

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