La revisión técnico-mecánica es un requisito obligatorio para los vehículos que circulan por Colombia y su vencimiento puede traer consecuencias económicas para los propietarios. Según el Ministerio de Transporte, este procedimiento permite comprobar que carros y motocicletas cumplen las condiciones necesarias para transitar de forma segura y respetan los límites de emisiones contaminantes establecidos por la normativa.
El trámite debe realizarse en un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado. Allí se examinan componentes fundamentales para el funcionamiento del vehículo, desde los frenos y las llantas hasta la dirección, la suspensión, las luces y los sistemas de seguridad. También se evalúan las emisiones de gases y los niveles de ruido, entre otros aspectos técnicos.
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Además de prevenir siniestros asociados con fallas mecánicas, la inspección permite actualizar la información del vehículo en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt). Cuando el automotor aprueba las pruebas, el certificado queda registrado en la plataforma y puede consultarse por internet.
Cuánto cuesta la revisión técnico-mecánica en 2026
Para 2026, las tarifas reportadas para este procedimiento registraron un incremento cercano al 7%. El precio depende de la categoría del vehículo y puede variar ligeramente de acuerdo con el Centro de Diagnóstico Automotor en el que se realice la inspección.
Los valores aproximados para este año son los siguientes:
- Motocicletas: $247.490.
- Vehículos particulares livianos: $368.853.
- Vehículos pesados: entre $476.201 y $562.800.
Los propietarios deben tener presente que este gasto hace parte de las obligaciones asociadas a la circulación legal, junto con requisitos como el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y los impuestos vehiculares que correspondan.
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La inspección contempla la revisión de la carrocería, el sistema mecánico, los dispositivos eléctricos y ópticos, las llantas, los frenos y los elementos de emergencia. También se comprueba el funcionamiento de los sistemas de combustión y se mide el nivel de contaminantes emitidos por el automotor.
En los vehículos de servicio público se verifican, además, los dispositivos utilizados para cobrar por la prestación del servicio. En los sistemas de frenos de aire se comprueba que no se produzcan señales acústicas por encima de los niveles permitidos.
Cuándo debe hacerse según el tipo de vehículo
La fecha de la primera revisión depende de la clase de automotor y del tiempo transcurrido desde su matrícula. Después de esa inspección inicial, el procedimiento debe repetirse cada año.
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Para los vehículos particulares nuevos, la primera revisión se realiza cinco años después de la matrícula. Sin embargo, existe una excepción para los automóviles particulares matriculados entre el 20 de mayo de 2017 y el 19 de mayo de 2018, cuya primera inspección corresponde al sexto año.
En el caso de los vehículos de servicio público y las motocicletas, la revisión inicial debe hacerse dos años después de la matrícula. A partir de ese momento, ambos tipos de vehículos deben cumplir con el procedimiento anualmente.
No contar con una revisión vigente puede derivar en un comparendo equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (Smdlv). Además, la autoridad de tránsito puede ordenar la inmovilización del vehículo cuando corresponda.
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Si el automotor no supera la inspección, el propietario dispone de 15 días calendario para corregir las fallas identificadas y repetir la revisión, según la información suministrada.
Cómo consultar el certificado en el Runt
Una vez aprobada la revisión, los ciudadanos pueden consultar el certificado a través de la página oficial del Registro Único Nacional de Tránsito. Para hacerlo, deben ingresar al portal y buscar la sección “Nuestros actores”.
Después, deben seleccionar “Ciudadanos” y dirigirse a “Consulta de vehículos por placa”. Allí encontrarán la opción “Ingrese aquí al módulo”, que permite continuar con la consulta mediante los datos solicitados del vehículo y su propietario.
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La obligación aplica, en general, a carros particulares, vehículos de servicio público y motocicletas que circulan por las vías nacionales. Entre las excepciones mencionadas están la maquinaria rodante de construcción y minería, los vehículos clásicos o antiguos, ciertos vehículos agrícolas, montacargas y sidecar. Los automotores con placas extranjeras que ingresan temporalmente al país por un periodo máximo de tres meses tampoco requieren esta revisión durante su permanencia temporal.
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