A partir del 11 de julio, los propietarios de inmuebles que no cumplieron con el pago del impuesto predial en 2026 en la ciudad de Bogotá comenzaron a experimentar un aumento en el monto adeudado debido a la aplicación de intereses moratorios sobre su obligación tributaria.
La Secretaría Distrital de Hacienda confirmó que la tasa vigente en julio es del 26,79% anual y advirtió que la cifra final continuará creciendo mientras la deuda permanezca impaga.
Cada día de retraso genera un recargo adicional, cuyo valor depende tanto del monto pendiente como de la cantidad de días acumulados desde la fecha límite hasta el momento en que se efectúe el pago.
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Por ejemplo, quienes adeuden un millón de pesos observarán un incremento cercano a 734 pesos diarios bajo la tasa de julio. Así, para el 28 de julio, una deuda de ese valor habría sumado cerca de $13.212 solo por intereses de mora.
Tras el vencimiento del plazo ordinario el 10 de julio, la obligación comenzó a generar intereses moratorios diarios. Estos intereses se calculan con base en la tasa vigente que establece la Secretaría Distrital de Hacienda, la cual puede variar mensualmente. Por ello, la entidad recomienda consultar el saldo actualizado y realizar el pago lo antes posible para evitar que el monto continúe aumentando.
Quiénes deben pagar el impuesto predial en 2026
El impuesto predial es una obligación que recae sobre los propietarios de viviendas, terrenos y locales comerciales, calculada según el avalúo catastral del bien. Sin embargo, existen exenciones contempladas en la Ley 44 de 1990 para ciertos casos.
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Durante 2026, las casas y apartamentos de uso residencial en los estratos 1 y 2, cuyo avalúo catastral sea inferior a 16 salarios mínimos legales mensuales vigentes, están exentos de este pago.
La exención se aplica únicamente cuando ambas condiciones se cumplen simultáneamente. Aquellos propietarios que no se encuentren dentro de estos beneficios sí deben cumplir con el pago.
El saldo pendiente por impuesto predial no solo se incrementa por el capital adeudado, sino por los intereses de mora que se acumulan diariamente. Esta suma varía según el monto inicial, los días transcurridos en mora y la tasa vigente del mes en curso.
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La Secretaría Distrital de Hacienda advirtió también que los valores presentados son orientativos, ya que la liquidación final depende de las características particulares de cada deuda.
Frente a este panorama, el llamado oficial es claro: verificar cuanto antes el estado de la obligación y ponerse al día por los canales habilitados. Cancelar el impuesto evita que la deuda siga creciendo debido a los intereses moratorios, que comenzaron a aplicarse desde el día posterior al vencimiento del plazo ordinario.
La administración distrital recordó que la tasa de mora se actualiza mes a mes, por lo que el porcentaje vigente en agosto podría ser diferente al aplicado en julio. Cada propietario puede consultar su estado de cuenta y realizar el pago en línea para evitar sanciones adicionales y el aumento del valor total a pagar.
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Impuesto vehicular en Bogotá también venció
El último reporte de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá revela que, hasta el 16 de julio, 2,01 millones de propietarios cumplieron con el pago del impuesto vehicular correspondiente a 2026. La cifra implica que el 83,6 % de los vehículos obligados están al día, un dato que la administración local calificó como una muestra de cultura tributaria sólida.
Sin embargo, el viernes 24 de julio de 2026 se cerró el plazo oficial para que los propietarios de vehículos con matrícula en la capital pagaran el impuesto anual sin recargos. Quienes no efectuaron el trámite a tiempo deberán asumir intereses y sanciones según la normatividad vigente.
El vencimiento aplica para los 395 mil contribuyentes que aún no han completado el proceso, de acuerdo con la última actualización de la alcaldía. Si el pago no se realizó antes del límite, la obligación se incrementará por los recargos automáticos que establece la ley.
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Entre los diferentes segmentos de vehículos, los híbridos presentan el mayor nivel de cumplimiento (99,6 %), seguidos por los eléctricos (96,9 %). Las camionetas doble cabina y los camperos superan el 89 %, mientras que las motos y motocarros alcanzan un 62,9 %, y los vehículos de carga, un 70,4 %.