La Registraduría explicó por qué prohíbe el uso de celulares y cámaras durante la segunda vuelta presidencial en Colombia

La medida oficial impide llevar objetos personales fuera de la cabina, restringe la manipulación de dispositivos y señala el inicio de nuevas acciones de vigilancia y control público en la jornada electoral

Google icon
La ciudadanía solo podrá encender el teléfono para exhibir el documento en formato electrónico al jurado, mientras los periodistas identificados y los delegados del Ministerio Público tendrán permisos acotados - crédito Sergio Acero / Colprensa

La prohibición del uso de celulares y cámaras en los cubículos de votación será durante la segunda vuelta presidencial del 21 de junio en Colombia, de acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Procuraduría General de la Nación.

La medida busca prevenir delitos electorales y evitar registros no autorizados del voto en todo el país, contenidos en los artículos 390 y 390A del Código Penal colombiano, la corrupción de sufragante y el tráfico de votos.

Todas las personas que acudan a votar en Colombia el 21 de junio tienen prohibido utilizar celulares, cámaras fotográficas o de video en los puestos de votación entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m. Solo quienes deban mostrar su cédula digital al jurado, medios de comunicación identificados y funcionarios acreditados del Ministerio Público podrán emplearlos en circunstancias precisas.

PUBLICIDAD

Esta restricción tiene respaldo en un decreto de orden público y se aplica igualmente a consulados y embajadas, aunque la votación en el exterior comienza el 15 de junio.

La prohibición incluye tomar fotos, grabar video o manipular equipos dentro y fuera de los cubículos durante el horario de sufragio en todo el país, con autorizaciones puntuales previstas por norma - crédito captura de pantalla pagína Registraduria

La Registraduría Nacional del Estado Civil y la Procuraduría General de la Nación recordaron que la restricción abarca tanto la manipulación de dispositivos dentro de los cubículos de votación como en otras áreas del recinto.

¿Quiénes pueden usar celulares en las mesas de votación?

Solo miembros debidamente identificados de medios de comunicación y funcionarios autorizados del Ministerio Público —incluyendo la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General y las personerías— podrán portar y emplear celulares o cámaras durante la jornada electoral.

PUBLICIDAD

Estas excepciones se limitan a quienes han sido oficialmente designados para tareas de vigilancia y control electoral.

Ninguna otra acción, como grabar o fotografiar, se considera excepción antes de las 16:00, conforme confirmó la Procuraduría General de la Nación.

Desde la Registraduría se ha aclarado que, en caso de presentar la cédula virtual, la verificación debe ser breve y el celular no puede permanecer en manos del votante durante el acto de sufragio.

Uso de celulares por testigos y observadores después de las 4:00 p.m.

Tras el cierre oficial de votación, desde las 4:00 p.m., los testigos electorales acreditados y observadores electorales —nacionales e internacionales— estarán autorizados a grabar imágenes o utilizar dispositivos electrónicos en los puestos de votación.

Las conductas están tipificadas en los artículos 390 y 390A del Código Penal colombiano y, según el decreto, el control sobre los dispositivos pretende dificultar pagos, presiones o acuerdos ligados al voto - crédito @Registraduria/X

El propósito de esta autorización es permitir la observación del preconteo y el escrutinio inicial, tareas de fiscalización del proceso.

Las autoridades precisan que este uso tecnológico busca fortalecer la vigilancia por parte de organizaciones políticas y entes de control.

Por estas razones, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha reforzado los mecanismos de verificación y control dentro del proceso electoral, así como las instancias de capacitación para quienes participan en la jornada.

Los colombianos en el exterior votarán durante siete días en la segunda vuelta de 2026

Según datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, la participación de los colombianos en el exterior durante las elecciones presidenciales de 2026 llegó a 585.580 votos válidos.

En ese universo, De La Espriella obtuvo 318.331 sufragios, equivalentes al 54,37%, y Cepeda Castro reunió 166.649, que representan el 28,46%.

Detrás quedaron Paloma Valencia con 9,27% y Sergio Fajardo con 5,37%, mientras el resto de los candidatos registró porcentajes inferiores al uno por ciento, según la Registraduría Nacional del Estado Civil.

El proceso también dejó 4.514 votos en blanco, 245 no marcados y 1.010 nulos.

Iván Cepeda Castro y Abelardo de la Espriella se consolidaron como los candidatos ganadores en el exterior - crédito Registraduría Nacional del Estado Civil

La distribución por países también mostró una división marcada. De La Espriella fue el más votado en 37 países, entre ellos Estados Unidos, México y Canadá, mientras Cepeda se impuso en 28 naciones, con mejores resultados en España, Francia y Alemania.

Ese comportamiento replicó fuera de Colombia la concentración del voto en las dos candidaturas que avanzaron al balotaje. El dato central es que los electores en el exterior podrán volver a definir esa disputa durante siete días, mientras el electorado dentro del país solo tendrá una jornada.