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Así puede descargar su certificado de pago del impuesto predial y vehicular en Bogotá

Las facturas del impuesto de vehículos automotores 2024 estarán disponibles a partir del 25 de enero

Cómo descargar el recibo de pago de los impuestos en Bogotá - crédito Infobae

Con el inicio de 2024 también comienza una nueva etapa para cumplir con las obligaciones tributarias, es por eso que la Secretaría de Hacienda dio a conocer los plazos máximos para generar los pagos y las fechas en la que los contribuyentes podrán generar su recibo.

De acuerdo con la dependencia distrital, las facturas para el impuesto vehicular estarán disponibles a partir del jueves 25 de enero de 2024, y se podrán descargar en el sitio web de la entidad. En cuanto al predial, este ya se está generando.

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Cabe destacar que tanto para el impuesto Vehicular como para el Predial, la entidad de Hacienda de Bogotá tendrá plazo hasta el 30 de abril para emitir las facturas de dichas obligaciones tributarias de la capital.

Para descargar el recibo, el contribuyente deberá ingresar al sitio web de la dependencia: www.haciendabogota.gov.co. Una vez allí, seleccionar el botón de la “Oficina Virtual de Bogotá”. Posteriormente, la interfaz abrirá una nueva pestaña en la que le solicitará la siguiente información:

  • Tipo de impuesto
  • Tipo de documento
  • Chip o placa (según la responsabilidad a generar)

Una vez complete cada una de las casillas, deberá rellenar el recuadro de “No soy un robot”, aceptar los términos y condiciones y la Política de Tratamiento de Datos Personales, A continuación selecciones el botón de “Buscar”.

Esta es la información que deberá completar para hacer uso de la opción de descarga del recibo - crédito Secretaría de Hacienda

Así quedaron las tarifas para 2024 del impuesto vehicular y predial

Impuesto Vehicular 2024:

  • Vehículos automotores entre 0 y $54.057.000: 1,7%
  • Vehículos automotores entre $54.057.001 y $121.625.000 millones de pesos: 2,7%
  • Vehículos automotores entre $121.625.001 en adelante: 3,7%
  • Motocicletas más de 125 c.c.: 1,7%
  • Vehículos eléctricos: 1,2%

Impuesto Predial:

  • Los predios rurales dedicados a actividades agropecuarias no formados y no actualizados durante la vigencia 2023 tendrán un incremento del avalúo del 2,55%, desde el 1 de enero de 2024.
  • Los avalúos catastrales de los predios urbanos no formados y no actualizados durante la vigencia 2023 tendrán un alza de 4,51% desde el 1 de enero de 2024.

Fechas para el pago del impuesto predial y vehicular 2024 - Bogotá

Los capitalinos podrán generar su impuesto predial en cuatro cuotas, sin intereses, siempre y cuando las personas que deseen acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas - crédito Johan Largo/Infobae

De acuerdo con el calendario tributario anunciado el 28 de diciembre de 2023 para la vigencia 2024 por parte de la Secretaría de Hacienda, los pagos para el impuesto vehicular y predial se llevarán a cabo de la siguiente forma:

La dependencia resaltó que para el impuesto predial, los contribuyentes podrán declarar y pagar el tributo sin descuento ni sanción hasta el 14 de junio; no obstante, podrán obtener el 10% de descuento, realizando la obligación hasta el 26 de abril.

Igualmente, los capitalinos podrán generar su impuesto predial en cuatro cuotas, sin intereses, siempre y cuando quienes deseen acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) presenten una declaración inicial a través de la Oficina Virtual de la dependencia de hacienda a más tardar el viernes 10 de mayo.

Cabe destacar que dichas fechas para efectuar los pagos son las siguientes:

  • Primera cuota, el 7 de junio
  • Segunda, el 9 de agosto
  • Tercera, el 4 de octubre
  • Cuarta, el 6 de diciembre

En cuanto a la obligación vehicular, el plazo máximo es hasta el 28 de junio. Para acceder a los descuentos por pronto pago, los contribuyentes tendrán hasta el 24 de mayo para declarar y pagar con un descuento del 10% sobre el total del impuesto.

Para conocer en detalle las fechas y descuentos de los pagos tributarios asignados por la administración distrital de Bogotá para 2024, puede ingresar al siguiente enlace: Calendario Tributario.

Finalmente, y según con la Resolución SDH-000476 del 18 de diciembre de 2023, expedida por la entidad de hacienda, se determinó a su vez los plazos para declarar y pagar otros impuestos como:

  • Industria y Comercio
  • Delineación Urbana
  • Fondo de Pobres, Azar y Espectáculos
  • Consumo de Cigarrillos y Tabaco Nacionales y Extranjeros
  • Sobretasa a la Gasolina
  • Publicidad Exterior Visual
  • Consumo de Cerveza, Sifones y Refajos Nacionales y Extranjeros
  • Loterías Foráneas
  • Estampillas ‘Universidad Distrital Francisco José de Caldas, 50 años’, ‘procultura’, ‘pro personas mayores’, ‘cincuenta años de labor de la Universidad Pedagógica Nacional’
  • Retenciones efectuadas al impuesto sobre Premios de Loterías.

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