
El despojo de la nacionalidad a 317 nicaragüenses opositores o críticos del régimen de Daniel Ortega viola la Constitución Política de Nicaragua, así como una serie de instrumentos y tratados internacionales, según organismos humanitarios y expertos legales.
La dictadura nicaragüense le retiró nacionalidad a 317 disidentes en los últimos ocho días, incluido el obispo Rolando Álvarez, condenado a más de 26 años de prisión tras negarse a ser desterrado a territorio estadounidense.
Los escritores Sergio Ramírez y Gioconda Belli; el obispo auxiliar de Managua, Silvio Báez; la veterana defensora de derechos humanos Vilma Núñez, el periodista Carlos Fernando Chamorro, el ex comandante Luis Carrión, antiguos compañeros de armas de Ortega, entre otros, figuran en esa lista de los que fueron declarados “apátridas” por las autoridades judiciales de ese país.
¿Qué dice la Carta Magna nicaragüense?
El artículo 20 de la Constitución Política de Nicaragua establece: “Ningún nacional puede ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional nicaragüense no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad”.
Y el artículo 21 constitucional, reformado por la dictadura la semana pasada en la primera de dos legislaturas, establece: “La adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad serán reguladas por las leyes. Los traidores a la patria pierden la calidad de nacional nicaragüense”.

Este artículo reformado debe ser aprobado en una segunda legislatura para que entre en vigor, es decir, el próximo año, indicó el Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más en una declaración.
La Ley especial que regula la pérdida de la nacionalidad nicaragüense, promovida y aprobada por los sandinistas de forma expedita la semana pasada, “se basa en una reforma que no es admisible, porque las reformas parciales a la Constitución Política de Nicaragua deben discutirse en dos legislaturas, ya que afectan a todo el ordenamiento jurídico de una nación”, explicó el organismo.
Violación del debido proceso
La ONG explicó, además, que el régimen Ortega Murillo violentó el principio de legalidad, el derecho a la igualdad y la no discriminación, pues califica a las personas como apátridas y no respeta las garantías del debido proceso y las especiales de protección a la niñez.
“Todo fue unilateral. Ninguna de las personas fue notificada (fue un ausencia) sobre el inicio de la causa, sin dar razones sobre la pérdida de la nacionalidad; no les dio la posibilidad de defenderse, de tener una audiencia justa, asesoría legal y el derecho a revisión o apelación de sus casos”, mencionó.

Para el Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más “las resoluciones disfrazadas de legalidad del Tribunal de Apelaciones de Managua son inconstitucionales y arbitrarias” y forman parte de “la continuidad de la represión, la ejecución de atrocidades jurídicas a través de penas y castigos contra quienes piensan diferente y han alzado su voz exigiendo justicia, verdad y no repetición”.
Tratados internacionales
El profesor de Derecho Internacional y Constitucional de la Universidad Central de Chile, Edgardo Riveros Marín, en entrevista con la agencia de noticias EFE, expresó que “al despojarse arbitrariamente de la nacionalidad a una persona se están violando una serie de instrumentos y tratados internacionales”.
Entre otros mencionó la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 1948 (artículo 15); la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, de 1948 (artículo 19); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966 (artículo 24, párrafo 3); la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), de 1969 (artículo 20) y la Convención sobre Derechos de Niño (artículo 7).
La ONU expresó este viernes su profunda preocupación por las reformas legislativas en Nicaragua que le permitieron al régimen de Daniel Ortega despojar a más de 300 disidentes de su ciudadanía, advirtiendo que la medida es violatoria al derecho internacional.

“Las recientes reformas legislativas en Nicaragua que permiten el despojamiento de la ciudadanía por motivos arbitrarios son contrarias a las obligaciones de Nicaragua en virtud del derecho internacional y regional de derechos humanos”, dijo la agencia de la ONU para los refugiados.
“El derecho internacional prohíbe la privación arbitraria de la nacionalidad, incluso por motivos raciales, étnicos, religiosos o políticos”, indicó.
(Con información de EFE)
Seguir leyendo:
Últimas Noticias
La cubana que enfermó siete días y culpa a las calles de su barrio: basura, aguas albañales y una ciudad que "está muriendo"
Zea Gisselle, de Marianao, publicó en Facebook una fotografía de un vertedero frente a su casa y describió moscas, aves de rapiña y un olor que se impregna en la piel. Su testimonio desató una cadena de denuncias desde Santiago de Cuba hasta El Vedado.
Douglas Ruas, aliado de Flávio Bolsonaro, fue declarado gobernador electo de Río de Janeiro
El dirigente del Partido Liberal dio la sorpresa y venció al candidato de Lula, Eduardo Paes, quien llegaba como favorito en las encuestas
Terremoto en Panamá: Estados Unidos, BID y CAF envían ayuda humanitaria y millonarios fondos para más de 2,000 damnificados
Las autoridades del istmo iniciaron la evaluación técnica de estructuras colapsadas mientras la comunidad internacional moviliza asistencia operativa y partidas presupuestarias extraordinarias para responder a la crisis desatada en las provincias del centro

Retiran publicidad sobre salarios atrasados de enfermeros en Costa Rica y denuncian posible intervención del Gobierno
El Colegio de Enfermeras anunció acciones legales después de que dos anuncios de su campaña desaparecieran de espacios públicos en menos de 24 horas. La organización exige conocer quién ordenó retirarlos.

Proponen habilitar escuelas y centros deportivos para los damnificados por el terremoto en Panamá
La propuesta apunta a recibir donaciones y brindar asistencia a los damnificados, mientras Unicef alertó sobre los riesgos que enfrentan niños y adolescentes


