Corte IDH pide a Perú sus observaciones ante medidas solicitadas para víctimas, según ong

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Lima, 8 jun (EFE).- Organizaciones defensoras de derechos humanos en Perú informaron este sábado que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ha requerido al Estado peruano presentar sus observaciones, hasta el 12 de junio próximo, sobre la solicitud de medidas provisionales en dos sonados casos de abusos a los derechos humanos.

La Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) informó en su cuenta de la red social X que ha presentado, junto a otras cinco entidades civiles, una solicitud de medidas provisionales a la Corte IDH por los casos Barrios Altos y La Cantuta, dos de los más sonados casos de abuso a los derechos humanos por los cuales fue condenado el expresidente Alberto Fujimori.

Junto a Aprodeh presentaron la solicitud el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz), el Instituto de Defensa Legal (IDL), la Comisión de Derechos Humanos (Comisedh) y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH).

Una comunicación firmada por el secretario de la CorteIDH, Pablo Saavedra, confirma la recepción de la solicitud hecha el viernes sobre las medidas cautelares y en la que también piden que se ordene al Estado peruano interrumpir el trámite legislativo del proyecto de ley que busca precisar los alcances del delito de lesa humanidad.

La carta, compartida por Aprodeh en X, agregó que se ha solicitado al Estado peruano y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, a más tardar el 12 de junio, "presenten sus observaciones" a esta solicitud de medidas provisionales.

La norma aludida en la comunicación de la Corte IDH impide que se procese a cualquier persona por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra ocurridos en Perú antes de 2002, con lo que se excluye el período del conflicto interno que dejó más de 69.000 víctimas.

En el proyecto se señala que el Estatuto de Roma, que estableció que cualquier acusado de crímenes de guerra pueda ser procesado por la Corte Penal Internacional, entró en vigencia en el ordenamiento jurídico peruano el 1 de julio de 2002.

Además, que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad lo hizo el 9 de noviembre de 2003.

La iniciativa aún deberá ser refrendada en una segunda votación en un plazo de siete días antes de ser enviada al Ejecutivo para su eventual promulgación o devolución con observaciones. EFE

mmr/nvm

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