Una iniciativa presentada en la Cámara de Diputados busca modificar la Ley Federal del Trabajo (LFT) para que los empleadores estén obligados a entregar una copia del contrato de trabajo a sus empleados antes de que estos inicien sus actividades. La propuesta representa un cambio significativo en las relaciones laborales del país, donde millones de trabajadores aún operan sin un documento que respalde su empleo.
El proyecto es impulsado por el diputado Juan Ignacio Zavala, del partido Movimiento Ciudadano (MC), quien señala que, si bien la Ley Federal del Trabajo ya contempla diversas disposiciones sobre los contratos laborales, no existe una obligación explícita para entregar una copia del documento de manera oportuna.
El problema: 17 millones de trabajadores sin contrato escrito
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), actualmente hay 17.1 millones de personas en México que no cuentan con un contrato por escrito. Esta cifra representa el 41% de todos los trabajadores subordinados, es decir, aquellos que tienen un empleador y que deberían contar con un documento que avale su relación laboral.
Para Zavala, la ausencia de esta obligación genera un desequilibrio estructural desde el primer momento de la relación laboral:
“La persona trabajadora presta servicios sin conocer con certeza las condiciones que rigen su empleo”, señala en la exposición de motivos del proyecto.
¿Qué plantea la iniciativa?
La propuesta busca incorporar al artículo 132 de la LFT la obligación de los patrones de entregar el contrato individual de trabajo por escrito y previo al inicio de la prestación de servicios. Cabe destacar que la iniciativa no establece un plazo mínimo previo para la entrega, reconociendo que en algunas ocasiones las contrataciones se realizan de manera urgente.
La medida se alinea con estándares internacionales: en la Unión Europea, la Directiva 2019/1152 ya obliga a los empleadores a proporcionar información esencial sobre la relación laboral antes del inicio de actividades.
¿Qué debe incluir un contrato de trabajo?
La LFT establece que todo contrato individual debe contener, como mínimo:
- Datos personales del trabajador: domicilio, CURP y RFC
- Modalidad de contratación: indefinida, por obra, temporada o capacitación
- Descripción de los servicios a prestar y el lugar donde se realizarán
- Duración de la jornada y días de descanso
- Forma, monto y lugar de pago del salario
- Designación de beneficiarios en caso de fallecimiento
La propia ley aclara que la falta de un contrato escrito no elimina los derechos del trabajador, pero sí imputa la falta de formalidad al patrón.
Un paso hacia la transparencia laboral
Con esta reforma, México avanzaría hacia relaciones laborales más transparentes y equitativas, dando a los trabajadores la posibilidad de conocer y revisar sus condiciones de empleo antes de comprometerse. La iniciativa aún debe recorrer el proceso legislativo para convertirse en ley.