
El crecimiento de la población islámica en México ha puesto sobre la mesa nuevas situaciones que se deben analizar para la expiación de documentos oficiales. Uno de ellos es el requisito para la fotografía del pasaporte mexicano y el conflicto que representa para las mujeres que utilizan el hiyab.
Esta problemática generó descontento entre las personas que profesan esta religión pues alegan que al haber libertad de culto en nuestro país deberían permitirse que se utilice su característica indumentaria. Por su parte, los pasos para obtener este documento son muy claros y especifican la necesidad de que el solicitante pueda mostrarse lo más verídico posible pues también se utiliza como una forma de identificació.
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¿Qué originó el problema?
Esta interrogante comenzó luego de que una mujer pidió que se le tomara la foto correspondiente utilizando su velo religioso, sin embargo, en cumplimiento con los lineamientos oficiales se le negó la oportunidad de hacer el trámite ya que se requiere la cabeza descubierta.
Dichas acciones derivaron en un juicio de amparo donde la ciudadana alegó que se discriminan sus derechos, por lo que extendió una invitación a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a revisar su caso y el de muchas mujeres que por motivos de fe deciden cubrir parte de sus rostros.
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SCJN analizará la posibilidad de hacer cambios
Tras lo sucedido, la Suprema Corte anunció que el próximo jueves 11 de diciembre el Pleno discutirá sobre la posibilidad de realizar modificaciones para que todas las mexicanas puedan tener acceso a su pasaporte sin trasgredir la constitucionalidad de su derecho a la igualdad, a la no discriminación y a la libertad religiosa.

De acuerdo con la iniciativa, portar un hiyab durante el proceso de trámite no limita la identificación de la persona pues lo único que se pide es que el rostro queda libre, motivo por el cual no habría necesidad de prohibirlo o exigir que sea retirado.
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Asimismo, la petición añade que existen los datos biométricos y la verificación de la cara por medio de la tecnología para que se corrobore que se trata de la persona que se encuentra en la fotografía del documento.
Debido a las protestas que generó la negación del servicio, es altamente probable que la SCJN dé el visto bueno y declare inconstitucional que se exija a todos la cabeza descubierta por motivos religiosos garantizando la emisión del pasaporte siempre y cuando no impida la identificación.
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¿Qué es el hiyab?
El hiyab es un velo o pañuelo utilizado por muchas mujeres musulmanas para cubrir su cabello, cuello y, en ocasiones, los hombros en público o en presencia de personas que no forman parte de su familia cercana. El término proviene del árabe y significa “cobertura” o “velo”. El hiyab es un símbolo de modestia y privacidad, y su uso puede estar motivado por razones religiosas, culturales o personales.
Existen diversas interpretaciones y estilos del hiyab según el país, la tradición y la preferencia individual. En algunos contextos, el hiyab se asocia estrictamente con normas del islam sobre el recato, mientras que en otros representa una identidad cultural o social. Además del hiyab, hay otras prendas relacionadas con el recubrimiento, como el niqab, el chador y la burka, que ofrecen niveles distintos de cobertura.
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El uso del hiyab ha sido objeto de debate en diferentes sociedades y legislaciones a nivel mundial, generando discusiones sobre la libertad religiosa, la autodeterminación y los derechos de las mujeres.
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