
El reparto de utilidades es un derecho laboral en México que garantiza a los trabajadores una parte de las ganancias generadas por las empresas. Sin embargo, no todos los empleados tienen derecho a recibir este pago y ciertas empresas están legalmente exentas de otorgarlo.
Pero, ¿quiénes no reciben utilidades en 2025, de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT), y qué hacer si tienes dudas sobre tu situación.
¿Quiénes no reciben reparto de utilidades en 2025?
La LFT establece claramente a qué trabajadores no les corresponde este beneficio, incluso si laboran en empresas obligadas. Entre los excluidos del reparto de utilidades se encuentran:
- Trabajadores del hogar, debido a la naturaleza de su vínculo laboral.
- Directores, administradores y gerentes generales, por ocupar cargos de representación legal o dirección.
- Socios o accionistas de la empresa, ya que obtienen ganancias a través de dividendos.
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días en 2024.
- Profesionales independientes que prestan servicios por honorarios y sin relación laboral subordinada.

Empresas que están exentas del reparto de utilidades en 2025
Según el Artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, las siguientes empresas o instituciones no están obligadas a entregar utilidades:
- Empresas de nueva creación, durante su primer año de operaciones.
- Empresas innovadoras, que fabriquen productos nuevos y que estén dentro de sus primeros dos años de actividad, siempre que la Secretaría de Economía reconozca oficialmente la innovación.
- Empresas mineras en etapa de exploración, mientras dure esa fase del proyecto.
- Instituciones privadas sin fines de lucro, con fines humanitarios como asilos y fundaciones, debidamente reconocidas.
- Instituciones públicas y descentralizadas con funciones culturales, asistenciales o de salud, como el IMSS.
Además, si una empresa declaró ingresos anuales menores a 300 mil pesos ante el SAT, también queda exenta de repartir utilidades.
¿Qué hacer si no recibiste utilidades?
Si consideras que deberías haber recibido utilidades y tu empresa no está en la lista de exentas, puedes presentar una queja o solicitar asesoría gratuita en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Estos son los canales disponibles:
- Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- También puedes acudir directamente a una de sus oficinas en tu localidad.

¿Cuándo se paga el reparto de utilidades?
- Empresas (personas morales): tienen hasta el 30 de mayo de 2025 para cumplir con el pago.
- Patrones individuales (personas físicas): deben pagar a más tardar el 29 de junio de 2025.
Este derecho aplica para trabajadores que laboraron al menos 60 días en 2024, en empresas con más de un año de operación y utilidades netas superiores a 300 mil pesos.
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