
La Pensión de Ascendientes es una prestación otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) al padre y/o madre de una persona asegurada o pensionada que ya falleció, siempre que no tengan cónyuge, concubina(rio) o hijos(as) con derecho a la pensión.
Esta prestación busca dar una ayuda económica a estas personas para que puedan tener un mejor sustento, por lo que, si alguien se encuentra en esta situación, puede acudir a alguna unidad del IMSS y solicitar la Pensión de Ascendientes.
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Cabe destacar que la Pensión de Ascendientes es una ayuda económica que busca apoyar a los padres y/o madres de una persona asegurada o pensionada fallecida, siempre que no tengan cónyuge, concubina(rio) o hijos(as) con derecho a la pensión. El cumplimiento de los requisitos y la presentación de los documentos son fundamentales para poder acceder a esta prestación.
Requisitos y documentos para solicitar la Pensión de Ascendientes IMSS
Para poder acceder a esta pensión, el solicitante debe cumplir con ciertos requisitos y presentar algunos documentos para poder acceder a esta prestación, los cuales, son los siguientes:
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Requisitos para solicitar y obtener la Pensión de Ascendientes IMSS:
-El solicitante deberá acreditar el vínculo filial con la persona asegurada fallecida.
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-El padre y/o madre de los derechohabientes del IMSS pueden recibir pensión siempre y cuando el trabajador no tenga más familia que la reciba.
-Debe acreditar la dependencia económica. Por otro lado, la persona asegurada fallecida no debe tener cónyuge, concubina(rio) o hijos(as) con derecho a la pensión.
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-La persona asegurada fallecida debe haber cotizado al menos 150 semanas de cotización antes de su muerte, a menos que su fallecimiento haya sido causado por un riesgo de trabajo. En este caso, no se requiere un mínimo de semanas de cotización.
-Si la persona asegurada fallecida gozaba de una pensión de incapacidad permanente y muere por causa distinta a un riesgo de trabajo, para acceder a la pensión de ascendientes es necesario acreditar un mínimo de 150 semanas de cotización y que haya causado baja del Régimen Obligatorio.
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-Si la pensión de incapacidad permanente total que recibía la persona asegurada fallecida no tuvo una duración mayor de cinco años, no se requerirá el periodo de cotización señalado.
-Para acceder a la Pensión de Ascendientes, los pensionados de los Seguros de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez de la Ley del Seguro Social 1997 deberán haber contratado el seguro de sobrevivencia para sus personas beneficiarias.
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Para solicitar esta pensión, la persona deberá acudir a suscribir la solicitud de pensión en las ventanillas del Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar que corresponda de acuerdo con el domicilio, en un horario de 8:00 a 15:00 horas. Estos documentos son los solicitados:
De la persona asegurada fallecida:
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-Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la Afore que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la Afore.
-Acta de nacimiento: Copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea.
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-Acta de defunción: Copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea.
Si se trata de persona pensionada fallecida:
-Acta de defunción: Copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea.
Mientras que la persona que busca ser beneficiada, necesita presentar la siguiente documentación:
-Identificación oficial: Vigente con fotografía, de preferencia el INE.
-Comprobante de domicilio: No mayor a 90 días.
-Documento expedido por institución bancaria: Con clave bancaria estandarizada [CLABE] a nombre de la persona titular del derecho.
-Acta de nacimiento: Copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
-Copia certificada de la resolución ejecutoriada, emitida por autoridad judicial, que acredite la dependencia económica, o bien, Constancia expedida por los servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos, a través de la cual se acredite que el registro como persona beneficiaria se encuentra vigente a la fecha de la solicitud.

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