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El Centro Democrático podría apoyar solicitud de Gustavo Petro para salir de Colombia, aseguró el congresista Hernán Cadavid: “Lo vamos a observar”

El senador afirmó que el Centro Democrático solo respaldará la salida del expresidente del país si cada viaje cuenta con fechas y destinos definidos

Centro Democrático condiciona apoyo a salida temporal de Petro, exige detalles al Congreso, según Hernán Cadavid - Juan Diego Cano/Presidencia

El senador del Centro Democrático Hernán Cadavid afirmó que el partido uribista consideraría apoyar la solicitud del expresidente de Colombia Gustavo Petro para salir del país, pero advirtió que no aceptarían una autorización indefinida.

Cadavid sostuvo a medios de comunicación que el respaldo de su bancada dependería de que el Congreso reciba información precisa sobre el destino y la duración de cada viaje, así como la garantía de retorno del exmandatario. “Nosotros observaremos que la proposición autorice una salida puntual”, señaló el legislador.

El debate se centra en la petición de Petro, quien busca un permiso especial tras finalizar su mandato. Cadavid enfatizó que la figura de autorización para ausentarse del territorio nacional es constitucional y se ha aplicado históricamente a todos los expresidentes de la República.

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Sin embargo, subrayó que “no es procedente la autorización durante un año en ese otorgamiento ampliado”, ya que el Senado debe definir el permiso de arraigo constitucional caso por caso y de forma acotada. “Eso es lo que nosotros defenderemos”, puntualizó el senador.

Hernán Cadavid respaldaría salida de Gustavo Petro del país, pero rechaza autorización indefinida - crédito @hernancadavidma/Instagram

Al ser consultado sobre las condiciones para aprobar la petición, Cadavid reiteró que “corresponde, desde el punto de vista constitucional, precisar cuál es el objeto de su visita, durante cuánto tiempo y cuándo retornaría”. Remarcó que el Senado debe evitar autorizaciones sin plazo o con margen para extensiones automáticas.

“No puede este Senado permitir autorizaciones difusas, sin plazo específico o a un año. Eso no procede ni con Petro ni con ningún otro expresidente de la República”, argumentó el senador.

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La discusión se llevará a cabo en la plenaria del Senado durante la tarde de este miércoles 12 de agosto de 2026, donde se espera la votación sobre el permiso solicitado por el exjefe de Estado. Cadavid anticipó que, si la proposición estipula un destino, tiempo y fecha de regreso determinados, el Centro Democrático no tendrá inconveniente en acompañar la autorización.

“Si la proposición va en ese sentido, seguramente eso no tenga ningún inconveniente y es lo que vamos a observar en la votación”, expresó el congresista.

Centro Democrático, partido al que pertenece Hernán Cadavid, fija condiciones para avalar permiso de salida a Gustavo Petro - crédito Colprensa

Gustavo Petro solicitó al Senado permiso para salir de Colombia durante un año: esto dice el artículo 196

El expresidente de Colombia, Gustavo Petro Urrego, solicitó formalmente al Senado de la República permiso para ausentarse del país durante un año.

La petición, fechada el 10 de agosto de 2026, responde a la necesidad de cumplir compromisos de índole personal, social, político y académico fuera del territorio nacional, según consta en el documento enviado a la mesa directiva del Senado.

“En cumplimiento con el artículo 196 de la Constitución Nacional de Colombia, dar permiso durante la vigencia de un año para atender compromisos fuera del país de carácter personal, social, político y académico durante todo el año consiguiente al ejercicio de mis funciones como presidente de la República”, señala la carta.

El exmandatario pidió que su solicitud sea tramitada a la mayor brevedad posible. “Agradezco de antemano se disponga lo pertinente para que la presente solicitud sea sometida a consideración y votación de la Honorable Plenaria del Senado de la República en la sesión más próxima”, agrega el texto dirigido a la cámara alta.

El artículo 196 de la Constitución Política de Colombia indica que, sin permiso del Senado, el Presidente o quien haya ocupado la Presidencia a título de encargado, no podrá salir del país dentro del año siguiente a la fecha en que cesó en el ejercicio de sus funciones - crédito Constitución Política de Colombia

El fundamento legal de la petición se encuentra en el artículo 196 de la Constitución Política de Colombia, que establece una restricción para los exjefes de Estado: “El Presidente de la República, o quien haya ocupado la Presidencia a título de encargado, no podrá salir del país dentro del año siguiente a la fecha en que cesó en el ejercicio de sus funciones, sin permiso previo del Senado”. Además, la carta cita el numeral 3 del artículo 173 de la Carta Magna y el artículo 323 de la Ley 5.ª de 1992, que regula los procedimientos del Congreso.

Esta disposición constitucional, vigente desde 1991, busca asegurar el control legislativo sobre los movimientos internacionales de quienes han ejercido la máxima magistratura nacional, especialmente durante el primer año tras finalizar su mandato.

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