Miles de trabajadores colombianos en pobreza extrema, pobreza moderada o situación de vulnerabilidad podrán continuar en el régimen subsidiado de salud hasta por seis meses después de empezar un empleo formal, según la Resolución 000611, expedida el 13 de abril de 2026 por el Ministerio de Salud y Protección Social.
El documento oficial precisa que “las personas que se encuentren vinculadas laboralmente podrán permanecer en el régimen subsidiado de salud por un plazo de seis (6) meses”. Con esto, la medida cambia las normas para las personas que acceden a un trabajo formal y están clasificados en pobreza extrema, pobreza moderada o vulnerabilidad bajo el Sisbén IV. Ahora, el paso inmediato al régimen contributivo se aplaza, lo que permite conservar el subsidio de salud de forma temporal, aun con contrato laboral vigente.
Dichas disposiciones establecen que los trabajadores vulnerables podrán seguir recibiendo los beneficios del régimen subsidiado mientras se estabilizan en el empleo formal. Esto impide la pérdida automática de la cobertura en salud y ofrece una transición gradual hacia las obligaciones del régimen contributivo.
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Cómo funcionará el nuevo régimen subsidiado de salud
La norma establece que las personas que pertenezcan a los grupos definidos por el Sisbén IV —pobreza extrema, pobreza moderada o vulnerabilidad— podrán permanecer afiliadas al régimen subsidiado durante un máximo de seis meses continuos o discontinuos. El tiempo se cuenta desde el inicio de la relación laboral y puede fraccionarse si el trabajador pierde y recupera el empleo antes de completar ese plazo, tal como detalló la Resolución 000611 del Ministerio de Salud y Protección Social.
El beneficio requiere que el empleador consulte al trabajador si desea conservar el régimen subsidiado y verifique su pertenencia a los grupos vulnerables. Durante estos meses, las empresas deberán seguir aportando a salud, pensión, riesgos laborales y parafiscales.
Asimismo, el nuevo esquema involucra a:
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- Empleadores.
- Entidades Promotoras de Salud (EPS).
- Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).
- Operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila). Se incluye la creación del código “MINOOS” en la Pila, que identificará a quienes acceden a este beneficio especial.
Durante el periodo autorizado, la EPS debe confirmar la situación del trabajador y comunicar cualquier cambio a la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA). A su vez, la Adres hace el control del tiempo máximo y publica cada semana la información relevante para los operadores Pila, lo que asegura que la permanencia no supere los seis meses.
Ejemplos, excepciones y cronograma de ajustes
La resolución pone como ejemplo a una persona clasificada en el grupo B del Sisbén IV: si consigue un empleo formal, podrá expresar su voluntad de quedar afiliada al régimen subsidiado y, durante seis meses, continuar recibiendo el beneficio mientras la empresa cumple con todos los aportes. Si el empleo termina antes de agotar ese plazo y la persona vuelve a ser contratada, puede completar el tiempo restante hasta el límite fijado.
Se establecen excepciones para los trabajadores rurales del sector agropecuario y para quienes tienen empleos parciales con remuneración inferior a un salario mínimo mensual legal vigente. La normativa señala que tales trabajadores “mantendrán su afiliación al régimen subsidiado de salud como mecanismo de protección social para la superación de la pobreza”, y los empleadores deben cumplir con las cotizaciones según las normas existentes.
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La implementación de estos cambios requiere ajustes operativos y tecnológicos de los operadores Pila y la Adres. El plazo para hacer estos ajustes es de seis meses desde la expedición de la resolución. Las nuevas reglas aplicarán “a partir del primer día calendario del mes siguiente” a la certificación por el Ministerio de Salud de la finalización de estas adecuaciones.
Durante este periodo de transición, los empleadores y las EPS mantienen la obligación de reportar novedades, movimientos de afiliación y asegurar que los recursos, incluidos los de la unidad de pago por capitación (UPC), sigan el canal correcto en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Objetivo de la medida y declaraciones clave
El objetivo principal de la Resolución 000611 del Ministerio de Salud y Protección Social, según el texto oficial, es “fomentar la formalización laboral”. La medida pretende eliminar el temor de la población vulnerable a perder el acceso al régimen subsidiado de salud, un factor que tradicionalmente desincentivaba la aceptación de empleos formales.
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De acuerdo con el Ministerio de Salud, mantener el subsidio contribuye a “la superación de la pobreza” y permite una transición gradual de la informalidad laboral a la integración plena en el sistema de protección y empleo. El documento resalta que los beneficiarios “mantendrán su afiliación al régimen subsidiado de salud como mecanismo de protección social para la superación de la pobreza”, reafirmando la meta de extender la protección social y los derechos laborales.