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Nueva ‘ley de cadáveres’: ¿qué son los “Puntos Negros” y cuál es su función?

Los nuevos lineamientos del Gobierno peruano prevén habilitar morgues temporales en una hectárea para concentrar e identificar cadáveres y restos humanos tras una catástrofe

El Perú aprobó un protocolo unificado de cuatro fases para el manejo técnico y humanitario de cadáveres en desastres.

El Gobierno peruano aprobó los lineamientos nacionales para la gestión y el manejo de cadáveres y restos humanos durante emergencias y desastres, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N.° 005-2026-PCM/SGRD.

La disposición, publicada el 19 de octubre, ordena la actuación de las entidades estatales ante eventos con múltiples víctimas, como terremotos, inundaciones o deslizamientos, e incluye procedimientos para recuperar, identificar, trasladar y entregar los cuerpos a sus familiares.

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Los lineamientos no son una nueva ley, sino un protocolo de respuesta

La disposición fue aprobada el 14 de octubre por la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI).

Su objetivo es coordinar a las instituciones que intervienen ante una catástrofe y asegurar un tratamiento técnico, legal y respetuoso de las víctimas fatales.

El documento se sostiene en la Ley 29664, que creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y en su reglamento. El protocolo contempla cuatro etapas: planificación, recuperación y traslado, identificación forense y disposición final de los cadáveres o restos humanos.

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Las brigadas de rescate asignan un código único a cada cuerpo desde su hallazgo para garantizar la trazabilidad de los restos.

La respuesta comienza antes de que ocurra la emergencia

La fase de planificación exige que las autoridades identifiquen con anticipación los espacios que podrían utilizarse, las rutas para el traslado de cuerpos y los recursos disponibles.

En esa preparación intervienen el Ministerio Público, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú (PNP), los gobiernos regionales y municipales, entre otras entidades.

Cuando se activa una emergencia, las Fuerzas Armadas, la PNP y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) asumen tareas de localización, registro, embolsado y traslado.

Así se identificará a los cadáveres tras una emergencia

Cada cuerpo debe recibir un código único desde el momento de su hallazgo, una medida destinada a preservar su trazabilidad y evitar confusiones durante las etapas posteriores. La identificación queda bajo responsabilidad del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF), organismo del Ministerio Público.

Según el caso, podrá recurrir a huellas dactilares, registros odontológicos, antropología forense y pruebas de ADN. Si la muerte se produjo en un establecimiento de salud, ese centro deberá realizar los procedimientos que le correspondan.

El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses aplica dactiloscopía, odontología, antropología y análisis de ADN para identificar a las víctimas.

Los “Puntos Negros” concentran la recepción temporal de los cuerpos

Los llamados “Puntos Negros” son áreas temporales para recibir y acopiar cadáveres y restos humanos fuera de hospitales o morgues. No constituyen cementerios ni lugares de entierro definitivo: funcionan como espacios de organización inicial antes de la identificación forense, la entrega a los familiares o el traslado a otro destino.

Allí se deben registrar los cuerpos, sus pertenencias y la información disponible sobre el hallazgo. El objetivo es conservar la cadena de custodia, facilitar el trabajo de los peritos y mantener un control de cada intervención realizada sobre los restos humanos.

Los gobiernos regionales y locales deben identificar, georreferenciar y acondicionar estos espacios antes de una emergencia. Los lineamientos fijan como referencia una superficie de 1.000 metros cuadrados, con acceso para vehículos y ubicación fuera de zonas inundables o de riesgo.

Los cuerpos no identificados son trasladados a cementerios temporales con registro georreferenciado para facilitar posteriores exhumaciones.

Agua, electricidad y refrigeración entre 2 °C y 4 °C

El protocolo dispone que los Puntos Negros tengan superficies impermeables y lavables, así como agua, desagüe, electricidad e internet. También deben contar con sectores para estacionamiento, administración, almacén de insumos, distribución de equipos de protección personal y conservación de cadáveres.

La refrigeración debe mantenerse entre 2 °C y 4 °C. Si no hay equipos de frío, el documento contempla el uso de hielo seco. La pauta establece una barrera de 0,5 metros alrededor de grupos de hasta 20 cuerpos y calcula un consumo de 10 kilogramos por cadáver al día, con ventilación suficiente para evitar riesgos.

RENIEC aportará huellas y actas de defunción

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) debe desplegar equipos móviles con el Sistema Automatizado de Identificación de Huellas Dactilares, conocido como AFIS, en coordinación con el IMLCF. Además, deberá mantener accesible el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales durante la emergencia.

Una vez que se confirme la identidad, Reniec coordinará la emisión de las actas de defunción. Los cuerpos no identificados o no reclamados podrán ser trasladados a cementerios temporales, donde deberán quedar registrados y georreferenciados para permitir una eventual exhumación.

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