Condenan a 48 años de prisión al "Pitus" líder de una célula de secuestradores en Guerrero

Un juez federal impuso el castigo a Israel Moronati Chavoya tras comprobarse su culpabilidad

Condenan a 48 años de prisión al "Pitus" líder de una célula de secuestradores en Guerrero. FGR
Condenan a 48 años de prisión al "Pitus" líder de una célula de secuestradores en Guerrero. FGR
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La Fiscalía General de la República (FGR) logró sentencias condenatorias de hasta 48 años de prisión contra seis integrantes de una célula criminal que operaba en Guerrero y Morelos. Los responsables fueron hallados culpables de los delitos de delincuencia organizada y secuestro cometido en agravio de dos víctimas.

El caso se remonta a mayo de 2014, cuando una pareja fue interceptada con violencia en Taxco y posteriormente asesinada pese al pago de un rescate.

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Las penas impuestas a cada sentenciado

A Israel Moronati Chavoya, alias “Pitus”, identificado como líder de la célula del crimen organizado, se le impuso la condena más alta: 48 años de prisión y el pago de 414 mil 500 pesos de multa, por su responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada y secuestro en agravio de dos víctimas.

Otros cuatro integrantes del grupo recibieron penas de 44 años de prisión. Se trata de Mayra Sánchez Coronel, Emmanuel Gutiérrez Escamilla, Alberto Morales Olmos, alias “El Bibis” y Édgar Iván Gómez Porcayo, alias “Nan”. A los cuatro se les fijó además una multa de 398 mil 500 pesos, por los mismos delitos y el mismo número de víctimas que a Moronati Chavoya.

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Georgina Carreón Delgado también fue condenada a 44 años de prisión y al pago de 398 mil 500 pesos de multa, aunque en su caso la sentencia corresponde a la afectación de una sola víctima, a diferencia del resto del grupo.

En total, seis personas resultaron sentenciadas por su participación en la estructura criminal que delinquía en Guerrero y Morelos, con penas que oscilan entre los 44 y los 48 años de prisión según el grado de responsabilidad y el número de víctimas atribuido a cada uno.

El secuestro de la pareja en Taxco

Las investigaciones establecieron que, en mayo de 2014, los sentenciados participaron en el secuestro de una pareja que viajaba en motocicleta rumbo al centro de Taxco, Guerrero, cuando fue interceptada con violencia por el grupo criminal.

Las manos de un hombre están sujetas a la espalda con esposas metálicas de seguridad.
Un hombre permanece bajo custodia policial con las manos sujetas por esposas metálicas a la espalda. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Tras ser interceptada con violencia, fue trasladada a una casa de seguridad rentada en Cuernavaca, Morelos, desde donde contactó a sus familiares para exigir el pago de un rescate. La familia cumplió con la entrega del dinero, pero ambas víctimas fueron encontradas sin vida.

La denuncia original detalla que, pese al pago realizado por los familiares, los secuestradores asesinaron a las dos personas, hecho que posteriormente sirvió como base para la acusación por delincuencia organizada y secuestro contra los seis integrantes de la célula.

Fiscalías que participaron en la investigación

La obtención de las sentencias condenatorias fue posible gracias al trabajo del Ministerio Público Federal, que actuó a través de dos áreas especializadas de la FGR.

Por un lado, intervino la Fiscalía Especializada de Control Regional (FECOR) en Guerrero, encargada de las diligencias correspondientes a esa entidad, donde ocurrió la interceptación de la pareja.

Por otro lado, participó la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), que aportó elementos probatorios relacionados con la estructura criminal y su operación en ambos estados.

De acuerdo con la FGR, estas dos instancias aportaron las pruebas que resultaron determinantes para que un juez dictara las sentencias condenatorias contra los seis integrantes de la célula, tras los procedimientos judiciales derivados de la denuncia original por el secuestro de la pareja.

Cómo castiga la ley mexicana el delito de secuestro

La Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro establece las penas aplicables a este delito en todo el territorio mexicano.

De acuerdo con el artículo 9 de esta ley, a quien prive de la libertad a otra persona se le aplicarán de 40 a 80 años de prisión y de mil a cuatro mil días de multa, cuando la privación de la libertad tenga como propósito obtener rescate, detener a la víctima como rehén, causarle daño o cometer un secuestro exprés.

Sombra en blanco y negro de una persona sentada e inclinada con las manos atadas proyectada en una pared de concreto.
La sombra de una persona inclinada con las muñecas atadas se proyecta sobre una pared de hormigón en un entorno oscuro. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El artículo 10 contempla agravantes que incrementan la pena. Si el secuestro se realiza en camino público, en grupo de dos o más personas, con violencia, mediante allanamiento del inmueble donde se encuentra la víctima, o si esta es menor de 18 años, mayor de 60, o se trata de una mujer embarazada, la condena sube a un rango de 50 a 90 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días de multa.

Existe una segunda categoría de agravantes, con penas de 50 a 100 años de prisión y de ocho mil a 16 mil días de multa, aplicable cuando durante el cautiverio se ejercen actos de tortura o violencia sexual contra la víctima, o cuando esta muere a causa de alguna alteración de su salud durante el secuestro.

El escenario más severo está previsto en el artículo 11: si la víctima es privada de la vida por los autores o partícipes del delito, la pena asciende a entre 80 y 140 años de prisión, además de una multa de 12 mil a 24 mil días.

La ley también contempla un esquema de atenuantes en el artículo 12. Si la víctima es liberada espontáneamente dentro de los tres días siguientes a la privación de la libertad, sin que se haya logrado el propósito del secuestro ni se presenten agravantes, la pena se reduce a un rango de cuatro a 12 años de prisión. Si a la víctima se le causó alguna lesión durante el cautiverio, la pena aumenta a entre 18 y 32 años de prisión, además de la colocación de dispositivos de localización durante los cinco años posteriores a su liberación.

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