Además de brindar atención médica y seguridad social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) cuenta con diversas prestaciones como el programa de préstamos personales. El mismo ampara a trabajadores en activo, así como a jubilados y pensionados y, de igual forma, existe la posibilidad de su cancelación en casos específicos.
El ISSSTE cuenta con tres diferentes modalidades de préstamo para sus trabajadores activos, así como pensionados que reúnan una serie de requisitos. Los mismos son créditos ordinarios, especiales y conmemorativos, cada uno de los cuales contempla una cifra monetaria diferente.
Los préstamos personales del ISSSTE son una prestación de ley para su personal activo y retirado. Su manera de funcionar contempla la entrega de un cheque a la personas beneficiarias, así como el descuento vía nómina para poder saldarlo con un interés preferencial.

Existen ciertos casos en que un préstamo personal puede ser cancelado por las personas beneficiarias, así como sus familiares o descendientes. Dichas situaciones son específicas y deben reunir una serie de requisitos para poder proceder ante las autoridades encargadas de la operación del programa.
¿Quiénes pueden cancelar un préstamo del ISSSTE?
De acuerdo con el sitio web oficial del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), un préstamo personal, sea cual sea su tipo, puede ser cancelado en caso de defunción de la persona acreditada, así como por incapacidad total permanente o invalidez.
La persona que puede realizar la cancelación del préstamo personal es diferente de acuerdo con la situación. En caso de que el motivo sea la incapacidad total o invalidez del acreditado, entonces el trámite debe realizarlo el derechohabiente activo, jubilado o pensionado del ISSSTE.
Por otro lado, en caso de que el motivo de la cancelación sea la defunción del acreditado, el trámite debe ser realizado por el cónyuge o los descendientes.
¿Cómo cancelar un préstamo del ISSSTE?
Cabe mencionar que la cancelación corresponde al saldo insoluto del préstamo personal, es decir, la cantidad que resta por pagar al instituto a partir del evento que motivó el trámite. Para poder completarlo, se deben presentar los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente en original y copia (INE, pasaporte o cédula profesional con fotografía).
- Formato Único de Solicitud de Trámite (FUST) en original.
- Último comprobante de pago (de nómina o pensión) en original y copia.
En caso de invalidez o incapacidad total permanente, se deberá presentar de forma adicional:
- Copia certificada del dictamen de invalidez o de incapacidad total permanente expedido por el área correspondiente del instituto, en original.
- Comprobante de pago (nómina o pensión) o constancia de todos los descuentos efectuados, emitida por la dependencia o entidad, además de los pagos directos (FOPI) efectuados si fue realizado alguno, en original y copia.
Por otro lado, si el motivo de la cancelación es la defunción del acreditado, se debe presentar:
- Copia certificada del acta de defunción del acreditado.

Para realizar el trámite se debe acudir de manera presencial, aunque no es necesario programar una cita. Para ello, se deben acatar los siguientes pasos:
- Acudir a la Oficina de Representación Estatal y Regional del ISSSTE más cercana.
- Solicitar el trámite en la ventanilla del Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas.
- Llenar el FUST.
- Presentar la documentación requerida para cada caso.
- Recibir el estado de cuenta en donde se refleje el saldo actual del préstamo personal.
La duración aproximada del trámite, desde que la persona interesada se presenta en la ventanilla, es de 30 minutos. No tiene ningún costo y es necesario realizarlo para evitar conservar el adeudo. De igual manera, es un requisito para poder acceder al pago de marcha, en caso de que la cancelación sea motivada por la defunción de la persona acreditada.
En caso de cualquier duda se puede entablar comunicación con el Centro de Atención a Préstamos Personales (CAPP) en el teléfono 55 4000 1000, opción 5 submenú 2. De igual manera, a través del correo electrónico capp@issste.gob.mx.
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