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María León, condenada a pagar 5.700 euros de multa tras su altercado con la Policía Local de Sevilla en 2022

La actriz también deberá indemnizar a la agente de policía que resultó lesionada con una cantidad de 100 euros

El director Paco León posa con su hermana María y su madre, Carmina Barrios, a su llegada al estreno de "Carmina o revienta".EFE/Archivo/Kote Rodrigo

El Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla ha emitido sentencia contra la actriz María León, acusada de resistencia y de un delito leve de lesiones tras un incidente ocurrido el 1 de octubre de 2022, durante una actuación policial en la capital de Andalucía. En un fallo notificado este viernes hecho público por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la acusada ha sido condenada a pagar una multa total de 5.700 euros, que incluye 4.800 euros por un delito de resistencia y 900 euros por lesiones leves. El tribunal ha decidido absolverla del delito de desobediencia, por el que fue enjuiciada el pasado 14 de marzo. La Fiscalía pedía una pena de un año y nueve meses de prisión, una multa de 720 euros por un delito de lesiones y los 100 euros por daños a la agente policial. Por su parte, la acusación popular formada por los policías afectados reclamaba una pena de dos años de cárcel y una multa de 5.400 euros.

La sentencia, que puede ser apelada ante la Audiencia Provincial de Sevilla, también establece que la actriz deberá indemnizar a la agente de policía que resultó lesionada con una cantidad de 100 euros. Para ello, León ya había consignado 150 euros antes del juicio, que se destinarán al pago de la indemnización, con la devolución del sobrante si procede. Además, el tribunal ha absuelto a los otros dos acusados que compartieron juicio con la actriz, en relación con delitos de atentado, resistencia y desobediencia.

La magistrada considera probado que el altercado ocurrió la madrugada del pasado 1 de octubre del 2022, a las 4:45, cuando la actriz, los otros dos acusados y otros acompañantes se encontraban paseando por la avenida de María Luisa, tras una cena, y en busca de un local abierto. Durante su recorrido, dos agentes de la Policía Local, que realizaban su turno de servicio, dieron el alto a la persona del grupo que iba en bicicleta para realizarle una prueba de alcoholemia, a la cual se sometió tras la solicitud del test de aproximación y, posteriormente, del etilómetro evidencial.

María León sentada en el interior del Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla para declarar ante el juez acusada de agredir a una policía local, a 14 de marzo de 2025, en Sevilla (Andalucía, España). (Leandro Wassaul / Europa Press)

Los agentes pidieron a la actriz que se identificara, y al informarle que sería conducida a dependencias policiales para completar su identificación, la acusada se introdujo por su propia voluntad en el vehículo policial. Sin embargo, la situación se complicó cuando, durante el trayecto, uno de los acusados se interpuso frente al vehículo, impidiendo su avance, lo que obligó a los agentes a abandonar el coche para poder continuar su marcha.

La actriz “forcejeó y lanzó un puñetazo con el brazo izquierdo a la agente”

Según la sentencia, fue en ese momento cuando la actriz salió del vehículo, aprovechando que “una persona no identificada” abría la puerta trasera del vehículo. La actriz se dirigió hacia la valla de un edificio cercano. Los agentes la persiguieron, tratándola de sujetar por los brazos, pero la acusada, con la intención de oponerse a la actuación policial, forcejeó y propinó un puñetazo a una de las agentes. “Movida por el ánimo de oponerse a la actuación policial y asumiendo causar con ello un menoscabo físico a la agente, forcejeó y lanzó un puñetazo con el brazo izquierdo a la agente en la mejilla derecha, perdió el equilibrio y cayó al suelo, desde donde le lanzó también una patada al tiempo que se dirigía a ella diciéndole ‘hija de puta, zorra’”, dicta la sentencia.

La jueza que presidió el juicio consideró la versión de la acusada no resultó “creíble” y no se ajustó a los hechos probados, los testimonios de los agentes de la Policía Local “resulta detallado, coherente y coincidente entre sí”. La acusada había afirmado que varios agentes la tiraron al suelo y le pusieron las esposas por detrás, pero las imágenes del incidente mostraron que la detención se produjo de pie, apoyada en una valla.

La magistrada fundamentó su condena por el delito de resistencia en el hecho de que, a pesar de no haber solicitado la pena de prisión, la acusada actuó con el propósito de oponerse a la actuación policial, causando lesiones a uno de los agentes. En relación con el delito leve de lesiones, la pena impuesta fue una multa de 1.200 euros, también en formato de cuota diaria, en línea con las circunstancias del caso.

Respecto a los otros dos acusados, el tribunal optó por absolverlos, que fueron enjuiciados junto a la actriz por delitos de atentado, resistencia y desobediencia.

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