La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pondrá en funcionamiento un sistema de recibo de sueldo electrónico asistido para el personal de casas particulares, una herramienta que calculará de forma automática parte de los conceptos de cada liquidación y permitirá a los empleadores revisar o modificar los montos antes de emitir el comprobante.
De este modo, se modificará la Resolución General N° 3693, que regula las modalidades de pago de aportes y contribuciones del régimen. Luego de que el mecanismo fuera aprobado por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Vázquez, la medida entró en vigencia tras haber sido oficializada a través de la Resolución General N° 5912/2026.
PUBLICIDAD
Según quedó asentado en el Boletín Oficial, el cambio central incorporará la funcionalidad “Recibo Asistido” dentro del servicio digital “Personal de Casas Particulares”. Así, a partir de los datos registrados ante el organismo y de la información que cargue el empleador, la plataforma exhibirá cálculos automáticos sobre determinados componentes del salario.
Para generar el comprobante, el empleador deberá ingresar al sitio web correspondiente con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior. Allí tendrá que seleccionar al trabajador, entrar a la opción “Generar recibo de sueldo” e informar el período a liquidar, la modalidad de pago, la remuneración y la cantidad de horas trabajadas.
Con esos datos, el sistema pondrá a disposición una liquidación preliminar de determinados conceptos previstos por la normativa. El empleador podrá aceptar el monto sugerido o rechazarlo. En ese último caso, se habilitará la edición del campo para cargar el importe que considere correspondiente.
PUBLICIDAD
También se podrán sumar ítems en el apartado “Adicionales y Descuentos”, mediante un menú con conceptos predefinidos. Una vez completada la información de la liquidación, el usuario deberá confirmar la operación para emitir el recibo electrónico.
No obstante, las autoridades aclararon que los cálculos automáticos no liberan al empleador de su responsabilidad sobre la liquidación salarial. Es decir, la asistencia del sistema no reemplaza la obligación de revisar los importes, rectificarlos cuando sea necesario e incluir todos los conceptos que correspondan en cada vínculo laboral.
A partir de los cambios introducidos en el régimen de trabajo en casas particulares, el recibo de sueldo electrónico fue reglamentado como obligatorio. De esta manera, la nueva norma precisó el procedimiento de emisión y estableció que la validación de identidad realizada mediante la clave fiscal funcionará como requisito de autenticidad del documento.
PUBLICIDAD
Por ese motivo, no será necesaria otra forma de firma del empleador en el recibo generado desde la plataforma. Sin embargo, el comprobante deberá contener los datos exigidos por la legislación laboral, con el detalle de los conceptos liquidados y la información correspondiente a la remuneración del trabajador.
Además, la norma mantiene una previsión para los pagos efectuados en efectivo o para los casos en los que el trabajador solicite una constancia en papel. En esas situaciones, el recibo electrónico deberá imprimirse por duplicado: el original será entregado al empleado y el empleador conservará la copia, que deberá llevar la firma de conformidad de que percibió el pago.
El organismo mantendrá el acceso digital a los comprobantes de pago realizados por las modalidades habilitadas. Tanto empleadores como trabajadores podrán visualizar información vinculada a aportes, contribuciones y recibos dentro de los servicios disponibles con clave fiscal.
PUBLICIDAD
En línea con esto, los empleados registrados en el régimen de casas particulares tendrán acceso a una constancia de pago de aportes y contribuciones desde el apartado “Ver Aportes” del servicio web. Además, podrán consultar los recibos de sueldo emitidos por sus empleadores dentro de la sección “Detalle del Trabajo”.
Por otro lado, la resolución detalló que los trabajadores podrán revisar los pagos de aportes, contribuciones e intereses registrados para cada período mensual, conocer los saldos existentes y calcular los intereses adeudados cuando haya pagos fuera de término desde el sistema denominado “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”.
A su vez, la plataforma permitirá imprimir los formularios necesarios para cancelar intereses. Entre ellos se encuentran los formularios F. 102/RT, F. 1350 y F. 575/RT, según se trate de obligaciones del empleador o de pagos voluntarios realizados por el trabajador.
PUBLICIDAD
Otro de los cambios introducidos por la actualización del régimen de aportes voluntarios permitirá que los trabajadores de casas particulares puedan acceder a prestaciones del Sistema Nacional del Seguro de Salud cuando la carga horaria no alcanza el umbral requerido o cuando busquen incorporar a integrantes de su grupo familiar primario.
En el caso del titular, se podrá abonar mensualmente la diferencia entre el aporte correspondiente a una jornada de 16 horas semanales o más y el aporte obligatorio ingresado por el empleador —o por varios empleadores, si los hubiera—. Ese pago adicional habilitará el acceso al Programa Médico Obligatorio (PMO).
Para sumar a cada integrante del grupo familiar primario, el trabajador deberá pagar un importe equivalente al aporte previsto para quienes trabajan 16 horas semanales o más. Del total de esos montos, el 15% se destinará al Fondo Solidario de Redistribución.
PUBLICIDAD
Los pagos voluntarios deberán realizarse a través del volante F. 575/RT. Los importes, además, no podrán ubicarse por debajo de la cotización mínima prevista por la normativa vigente, junto con el aporte correspondiente al Fondo Solidario.
PUBLICIDAD