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Alivio fiscal en CABA: lanzan un plan para pagar deudas de ABL y patentes con quita de hasta el 100% de los intereses

La medida comenzará a regir este jueves 15 de octubre y estará disponible hasta fin de año. Los contribuyentes podrán regularizar obligaciones pendientes mediante un pago único o financiar el monto en doce cuotas sin recargos adicionales

El Gobierno porteño lanzó un nuevo plan para regularizar deudas de ABL y patentes, con beneficios sobre los intereses acumulados

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció un nuevo plan de facilidades de pago para regularizar deudas de ABL y patentes, que permitirá a los contribuyentes acceder a una condonación de hasta el 100% de los intereses acumulados. La medida comenzará a regir este jueves 15 de octubre y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, con dos alternativas para cancelar las obligaciones pendientes: un pago al contado o un esquema de financiación de hasta 12 cuotas.

La iniciativa, que estará a cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), apunta a facilitar la regularización de las deudas tributarias de las familias porteñas. El beneficio alcanza tanto al impuesto Inmobiliario/ABL como al de Patentes, siempre que las obligaciones cumplan con las condiciones establecidas por el organismo recaudador.

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En concreto, quienes opten por cancelar la totalidad de la deuda en un único pago podrán acceder a una condonación del 100% de los intereses resarcitorios. En cambio, los contribuyentes que prefieran distribuir el monto adeudado en hasta 12 cuotas obtendrán una reducción del 50% de esos intereses y no deberán afrontar costos adicionales por la financiación.

El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, vinculó la medida con las políticas tributarias dirigidas a la clase media y destacó que el nuevo esquema se suma a la reducción de patentes.

“Además de la baja histórica de patentes, a partir de ahora las familias porteñas con deuda de ABL y patentes tendrán nuevas herramientas para ponerse al día. Siempre me van a encontrar del lado de la clase media que se esfuerza, trabaja y quiere salir adelante”, sostuvo el mandatario en su cuenta de X.

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La nueva línea de facilidades estará disponible durante los últimos meses del año y permitirá incluir obligaciones que vencieron antes del 1° de octubre de 2026. Sin embargo, el régimen contempla límites tanto respecto del monto adeudado como de la situación administrativa de cada deuda.

Qué deudas se pueden incluir en el nuevo plan de AGIP

Uno de los principales requisitos para acceder al beneficio es que las obligaciones pendientes se encuentren en instancia administrativa. Además, el monto máximo admitido será de $5.940.000 por partida o dominio y por impuesto.

AGIP permitirá cancelar deudas al contado o en hasta 12 cuotas, con adhesión online hasta el 31 de diciembre de 2026

Esto significa que el límite se aplica de manera individual a cada partida inmobiliaria o dominio automotor, según corresponda, y a cada tributo incluido en el régimen.

Para determinar si una deuda puede incorporarse al plan, AGIP tomará como referencia el importe original de la obligación, sin sumar los intereses resarcitorios acumulados. De esta manera, el tope de $5.940.000 no se calcula sobre el monto total actualizado con esos recargos, sino sobre el capital adeudado.

El beneficio comprende exclusivamente las deudas con vencimiento anterior al 1° de octubre de 2026, por lo que las obligaciones posteriores a esa fecha quedan fuera de esta línea específica de regularización.

Otra de las características del programa es que también podrán acceder los contribuyentes que anteriormente gestionaron un plan de facilidades de pago, siempre que ese régimen fuera declarado caduco o nulo antes del 1° de octubre de 2026.

Así, la posibilidad de adhesión no se limita a quienes buscan regularizar por primera vez una deuda de ABL o patentes, sino que también contempla determinadas situaciones de contribuyentes cuyos acuerdos anteriores dejaron de estar vigentes.

Cómo funcionan las cuotas y qué intereses se perdonan

El nuevo régimen ofrece dos modalidades de cancelación, con diferencias en el porcentaje de intereses que se condona y en la cantidad de pagos necesarios para extinguir la obligación.

  • La primera alternativa es el pago al contado, que permite eliminar la totalidad de los intereses resarcitorios. En este caso, el contribuyente debe cancelar el capital adeudado mediante un único pago.
  • La segunda posibilidad consiste en financiar la deuda en hasta 12 cuotas, con una condonación del 50% de los intereses resarcitorios. Esta opción no contempla intereses de financiación, por lo que el esquema de pagos no agrega ese costo adicional al importe que corresponda regularizar.
Jorge Macri anunció nuevas facilidades de pago para las familias porteñas con obligaciones tributarias pendientes

En ambas modalidades, la cancelación se realizará mediante débito automático en la cuenta bancaria que informe el contribuyente durante el trámite de adhesión.

Para los pagos del plan, AGIP estableció como fecha de vencimiento el día 10 de cada mes. El contribuyente deberá proporcionar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) para que el organismo pueda efectuar los débitos correspondientes.

El régimen también establece condiciones específicas para mantener vigente el beneficio durante todo el período de financiación.

En particular, el plan caducará cuando se acumulen dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, una vez transcurridos 60 días desde el vencimiento de la segunda cuota sin abonar. También se producirá la caducidad cuando no se pague la última cuota y transcurran 60 días desde su vencimiento.

Esta condición tiene una consecuencia directa sobre el beneficio obtenido al momento de adherirse: si el plan caduca, se vuelven a imputar los intereses resarcitorios que originalmente se condonaron. Por ese motivo, la continuidad del régimen depende del cumplimiento de los pagos establecidos, tanto en los vencimientos mensuales como en la última cuota del acuerdo.

Cómo adherirse al plan para pagar ABL y patentes

El procedimiento para acceder al nuevo régimen se realizará de manera 100% online, a través del Portal del Contribuyente de AGIP. El servicio estará habilitado a partir del jueves 15 de octubre.

  1. Para iniciar la gestión, los interesados deberán ingresar al sitio oficial del organismo, www.agip.gob.ar, y seleccionar la opción denominada “Plan de Facilidades”.
  2. Una vez dentro del sistema, deberán elegir el impuesto que desean regularizar, ya sea Inmobiliario/ABL o Patentes, y seleccionar la modalidad de pago correspondiente a la nueva línea.
  3. El portal permitirá revisar la deuda incluida en el trámite y verificar los importes antes de avanzar con la adhesión. En esa instancia, el contribuyente tendrá que definir si cancela el monto al contado o si utiliza la alternativa de financiación en cuotas.
  4. Luego deberá validar los datos solicitados e informar el CBU de la cuenta bancaria desde la cual se realizarán los débitos automáticos.

Un requisito indispensable para completar el procedimiento será contar con Domicilio Fiscal Electrónico, condición exigida por AGIP para formalizar la incorporación al régimen.

La adhesión estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2026, fecha establecida como cierre de esta nueva línea de facilidades. Durante ese período, los contribuyentes que cumplan con las condiciones previstas podrán realizar el trámite desde el portal oficial.

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