En diciembre se cumplen veinte años de la promulgación de la Ley 1116 de 2006, normativa que fijó el régimen general de insolvencia empresarial tras las crisis económicas de finales de la década de 1990 y los antecedentes de las leyes 222 de 1995 y 550 de 1999. El cuerpo normativo, que incorporó disposiciones sobre insolvencia transfronteriza basadas en la Ley Modelo de la CNUDMI, unificó los trámites de reorganización y liquidación judicial bajo una sola estructura legal.
A lo largo de sus dos décadas de vigencia, la aplicación de la norma ha atravesado distintas etapas de desarrollo jurisprudencial. Durante los primeros catorce años, el estudio de las solicitudes de admisión por parte de la autoridad competente podía extenderse entre siete y ocho meses, mientras que la negociación y confirmación de los acuerdos tomaba cerca de dos años. Durante estos lapsos, las medidas cautelares sobre cuentas bancarias solían mantenerse vigentes, restringiendo la liquidez operativa de las organizaciones.
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Las reformas normativas se aceleraron en 2020 con los decretos legislativos 560 y 772, cuyas herramientas fueron integradas posteriormente al régimen permanente a través de la Ley 2437 de 2024. Estos cambios procedimentales redujeron los tiempos de respuesta: las admisiones pasaron a tramitarse en aproximadamente una semana y la confirmación de acuerdos de reorganización pasó a tomar entre cuatro y seis meses.
En términos de volumen, los acuerdos de reorganización confirmados pasaron de 211 en 2020 a 686 en 2021, lo que representó un incremento del 225%. La actualización normativa incluyó además mecanismos de negociación de emergencia, procedimientos abreviados, salvamento de empresas en liquidación inminente y la figura de la descarga de pasivos.
El marco normativo del crédito y la insolvencia se complementó con la Ley 1676 de 2013 sobre garantías mobiliarias. Esta norma habilitó el uso de inventarios, maquinaria, cuentas por cobrar, derechos contractuales y activos futuros para el respaldo de obligaciones crediticias, reconociendo derechos y preferencias especiales a los acreedores garantizados dentro de los procesos de reorganización.
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Los registros institucionales muestran que las solicitudes de insolvencia tienden a incrementarse años después de la ocurrencia de eventos macroeconómicos adversos. Tras las fluctuaciones en los precios del petróleo y la tasa de cambio en 2014 y 2015, las solicitudes pasaron de 814 en 2017 a 1.243 en 2018, equivalente a un aumento del 53 %. De igual forma, los reportes de la Superintendencia de Sociedades registraron 1.242 solicitudes en 2019, 1.292 en 2020 y 1.193 en 2021, registrándose un posterior incremento en los años 2023 y 2024, con 1.554 y 1.699 solicitudes respectivamente.
En el ámbito procedimental para empresas de menor tamaño opera el Procedimiento de Recuperación Empresarial (PRE), canalizado mediante las cámaras de comercio con mediación especializada. Por su parte, la obtención de capital de trabajo durante la fase de reorganización se mantiene como un aspecto crítico dentro de la operatividad del sistema, en la medida en que la reestructuración de pasivos previa no provee por sí misma la liquidez requerida para la compra de inventarios, el cumplimiento de contratos y el pago de nómina.
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