El proyecto de ley 433 de 2026, presentado por el gobierno de Abelardo de la Espriella, busca establecer las condiciones jurídicas para que integrantes de grupos armados organizados puedan someterse a la justicia.
La iniciativa ya cuenta con seis congresistas designados como ponentes para su primer debate en la Cámara de Representantes, de acuerdo con un oficio expedido el 14 de octubre de 2026 por la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional. La decisión fue adoptada por la Mesa Directiva de esa comisión durante la sesión de ese mismo día, según quedó registrado en el Acta número 15.
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Según el documento, los representantes tendrán un plazo de cinco días para presentar el informe de ponencia, luego de que el proyecto fuera recibido por la Comisión Primera el 13 de octubre.
¿Quiénes son los seis congresistas designados como ponentes?
La comunicación oficial identifica a seis representantes a la Cámara encargados de preparar la ponencia para el primer debate del proyecto de ley 433 de 2026. Los legisladores designados son:
- Daniel Felipe Briceño Montes.
- Eimy Julieth Suárez Gonzáles.
- Martha Isabel Ruiz Solera.
- Jorge Augusto Palacio Garzón.
- Guillermo León Blanco Valencia.
- Astrid Sánchez Montes de Oca.
Su tarea inicial será estudiar el articulado y elaborar el informe correspondiente para que la iniciativa continúe su trámite en el Congreso. Por su parte, Hernán Darío Cadavid Márquez y Fabio Raúl Amín Saleme asumirán como coordinadores, liderando y articulando ese trabajo entre los congresistas designados.
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El proyecto fue publicado en la Gaceta del Congreso número 1516 de 2026, según consta en la comunicación remitida a los representantes designados.
¿Qué busca el proyecto de sometimiento a la justicia?
La iniciativa fue radicada el martes 13 de octubre por los ministros del Interior y de Justicia. Su propósito es establecer las condiciones jurídicas bajo las cuales las personas y estructuras pertenecientes a grupos armados organizados podrán acogerse a la justicia, con obligaciones relacionadas con la verdad, la reparación de las víctimas y el desmantelamiento de las organizaciones ilegales.
La propuesta contempla modificar, adicionar y prorrogar la Ley 418 de 1997, una norma que ha servido de fundamento para distintas políticas relacionadas con la paz y el orden público. El nuevo articulado plantea adecuaciones al marco jurídico para facilitar el sometimiento de organizaciones criminales sin otorgarles reconocimiento político, como lo hizo el Gobierno de Gustavo Petro con su denominada “Paz Total”.
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El texto presentado por el Gobierno contiene 22 artículos distribuidos en 17 páginas. Además, el Ejecutivo anunció que la iniciativa tendrá mensaje de urgencia, una condición que busca acelerar su discusión legislativa.
Rebajas de penas y condiciones para los integrantes de grupos armados
Entre las disposiciones contempladas en el proyecto se encuentran beneficios judiciales diferenciados para los integrantes de organizaciones armadas ilegales que se sometan a la justicia. La reducción de las condenas estaría vinculada a sus aportes al esclarecimiento de la verdad, la reparación de las víctimas y el desmantelamiento de las estructuras criminales.
La iniciativa plantea rebajas de hasta el 50% de la pena acumulada para determinados integrantes de estas organizaciones, mientras que para los cabecillas establece una reducción máxima del 30%. En estos últimos casos, las condenas no podrían ser inferiores a diez años.
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El articulado también propone que las penas puedan cumplirse en centros de arraigo transitorios, colonias agrícolas y cárceles productivas. Como regla general, la libertad condicional se concedería después de cumplir las cuatro quintas partes de la condena, con el aval de las víctimas.
El texto contempla condiciones particulares para quienes contribuyan a la búsqueda de personas desaparecidas. Estas personas podrían acceder al beneficio de libertad condicional después de cumplir dos quintas partes de la pena, siempre que sus aportes permitan avanzar en la verdad, la reparación y el esclarecimiento de los vínculos políticos de la organización, así como de las redes de corrupción que afecten a la administración pública y la justicia.
Otra disposición plantea suspender la ejecución de determinadas condenas un año después de su imposición para personas que no sean cabecillas y hayan sido condenadas exclusivamente por algunos delitos, entre ellos concierto para delinquir, uso ilegal de uniformes e insignias, utilización ilícita de equipos de comunicación y porte ilegal de armas. Para acceder a esa medida, deberán contribuir al esclarecimiento de la verdad.
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La propuesta también incluye la posibilidad de aplicar esa suspensión a condenados exclusivamente por lavado de activos, testaferrato o enriquecimiento ilícito, siempre que entreguen los bienes obtenidos mediante esas actividades ilegales.
Finalmente, el proyecto contempla descuentos de condena por actividades laborales y restaurativas. Según el articulado descrito, podría reconocerse un día de reducción por cada dos días de trabajo, cuando exista colaboración, así como un día por cada jornada dedicada a programas restaurativos, erradicación de cultivos ilícitos o desminado.
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