El proyecto de ley de sometimiento de estructuras ilegales en Colombia ya fue radicado para su primer debate en las comisiones primeras conjuntas del Congreso de la República, según se conoció en la mañana del viernes 16 de octubre: dos días después de la presentación del proyecto y de su mensaje de urgencia por parte del Gobierno de Abelardo de la Espriella.
La iniciativa busca crear un marco para que integrantes de organizaciones armadas al margen de la ley se acojan voluntariamente a la justicia, sin negociaciones políticas ni cambios al orden constitucional. Así, propone una alternativa para el sometimiento colectivo e individual de actores armados ilegales o terroristas, con medidas de verdad y justicia.
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Además de la necesidad de reparación y garantías de no repetición para las víctimas. En ese sentido, la propuesta pretende facilitar la desmovilización y la reincorporación a la legalidad mediante instrumentos jurídicos, económicos y sociales; teniendo como precedente lo ocurrido con la política de Paz Total promovida por el Gobierno de Gustavo Petro.
Más de 28.800 hombres armados integran en la actualidad las estructuras criminales que podrían acogerse a la norma, de acuerdo con información del Ministerio de Justicia, citados por La FM. El tratamiento penal diferenciado, en consecuencia, contempla, además, rebajas de condena de hasta 50% o 30%, según se trate de cabecillas o integrantes rasos de estos grupos.
La ponencia positiva frente a esta iniciativa fue suscrita por los senadores Hernán Cadavid, Fabio Raúl Amín, Manuel Virgüez y Alfredo Rafael Deluque, y por los representantes Eimy Julieth Suárez, Daniel Briceño, Martha Isabel Ruiz y Guillermo León Blanco; de partidos como Centro Democrático, Mira, Cambio Radical, Colombia Renaciente, Salvación Nacional y la U, como los que lideran esta proposición.
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Habrá verificación previa para impedir el ingreso de “colados”
La principal modificación introducida por los ponentes establece un control previo sobre las listas de miembros de los grupos que pretendan someterse. Con ello, el Ministerio de Justicia seguirá recibiendo los listados de buena, pero su aceptación a la ley quedará condicionada a las verificaciones de la Fuerza Pública y la Fiscalía General de la Nación.
El cambio busca evitar que personas sin vínculos con las organizaciones ilegales accedan a beneficios penales. Las listas permanecerán bajo reserva hasta el comienzo de la etapa de judicialización y no podrán incluir a los que ya estén privados de la libertad, según se leyó en el articulado que será sometido a discusión por las células legislativas.
La nueva redacción aclara que la recepción de buena fe no acredita de manera definitiva la pertenencia de una persona a un grupo armado. En ese orden de ideas, el ministro de Justicia, Iván Cancino, deberá excluir a los que no cumplan con los que requerimientos una vez concluyan las verificaciones correspondientes sobre el estatus de los comparecientes.
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Los congresistas también reemplazaron la expresión “rol de liderazgo” por “rol de mando”, una figura compatible con el Código Penal. Los beneficios acumulables se limitarán a los combatientes de base que no tengan funciones de mando dentro de las estructuras, pues estos integrantes deberán cumplir una sanción efectiva de privación de la libertad de 10 años.
Las opciones de cumplimiento especial de la pena o libertad condicional quedarán restringidas a quienes integren la tropa, de acuerdo con la información de Blu Radio. La propuesta mantiene la prohibición de negociar políticamente con estos grupos, mientras que los acercamientos con el Gobierno solo podrán desarrollarse a través de abogados.
Tampoco habrá suspensión de órdenes de captura ni de procesos de extradición para los miembros de las organizaciones armadas, ya que los hayan sido capturados antes de la entrada en vigor de la ley no podrán acogerse a los mecanismos previstos. Con esto se buscará blindar el proceso de sometimiento frente a las expectativas que se generen con el mismo.
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Más controles sobre recursos y seguimiento del Congreso
Según se estableció, el articulado pasará de 22 a 28 artículos para facilitar la aplicación judicial de la norma por parte de fiscales y jueces. Entre las modificaciones está la precisión sobre las contrataciones directas y reservadas del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Fonsecón, destinado a financiar proyectos relacionados con el orden público.
En efecto, los recursos asignados de manera directa desde ese fondo solo podrán apoyar proyectos de la Fuerza Pública, en una medida que limita el destino de esas contrataciones a acciones vinculadas con la seguridad y el control territorial. También se definió que el Gobierno deberá presentar cada año un informe ante el Congreso sobre la aplicación de la ley.
La iniciativa, identificada como Proyecto de Ley 433 de 2026 Cámara y 296 de 2026 Senado, modifica, adiciona y prorroga la Ley 418 de 1997, conocida como Ley de Orden Público. Y, de la misma forma, pretende dejar sin efecto los componentes vinculados con la Paz Total implementada durante el Gobierno Petro, que no tuvo éxito a juzgar por sus resultados.
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Con este panorama, las comisiones primeras de Senado y Cámara deberán ser convocadas la próxima semana para iniciar el estudio de la iniciativa. El proyecto, entonces necesita superar cuatro debates antes del próximo 5 de noviembre, fecha en la que vence la prórroga vigente de la Ley de Orden Público en el país.
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