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En Colombia estaría prohibido criar y vender animales de compañía: esto dice el proyecto que se debate en el Congreso

El texto aprobado en el Senado ordena que perros, gatos y otras especies no sean ofrecidos en vitrinas, urnas de cristal, jaulas o locales, además de promover jornadas de adopción y apoyar los ingresos de rescatistas y fundaciones

Senadora Andrea Padilla defiende proyecto de ley que restringiría la comercialización de animales de compañía en el Congreso - crédito @andreanimalidad/X

La plenaria del Senado de la República aprobó el martes 14 de octubre de 2026 el proyecto de ley No Son Mercancía, una iniciativa que establece un régimen transitorio de tres años y, al término de ese plazo, prohíbe en Colombia la reproducción, cría y comercialización de animales de compañía.

La iniciativa, identificada como Proyecto de Ley 04 de 2024 Senado, incorpora condiciones de vigilancia durante la transición y restricciones inmediatas a algunas formas de venta y exhibición de animales.

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La autora del proyecto, la senadora Andrea Padilla Villarraga, de la Alianza Verde, sostuvo que el propósito de la iniciativa es enfrentar las formas de crueldad asociadas a esa actividad sin desconocer las condiciones existentes en el país.

Los comercios dedicados a la reproducción de mascotas deberán cambiar de actividad económica o cerrar en tres años. (Alcaldía de Chapinero)

“La responsabilidad de un legislador es plantarse de frente a la realidad, mirarla a los ojos y ver cómo avanzar para eliminar, al menos, los frentes de mayor dolor”, afirmó Padilla durante el debate. La congresista agregó que se debe avanzar en la eliminación de los escenarios de crueldad.

Padilla señaló que las normas de protección animal deben ser progresivas y aplicables. Según explicó, el proyecto busca que la actividad salga de la clandestinidad mientras opera el periodo de transición, con medidas de inspección, vigilancia y control.

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“El fenómeno de la crianza, la reproducción, la comercialización de animales existe a lo largo y ancho del país. Que más quisiera yo que no existiera esto, pero existe”, agregó.

Esmeralda Hernández, senadora de la república - crédito Prensa Esmeralda Hernández

Transición de tres años

En medio de la discusión, la senadora Esmeralda Hernández, del Pacto Histórico, intervino para pedir que la comercialización de animales de compañía no quedara únicamente regulada, sino que fuera prohibida. También destacó los avances legislativos sobre protección animal alcanzados en los últimos cuatro años y pidió una posición más exigente en esta materia.

Hernández argumentó que la regulación no desincentiva necesariamente prácticas que afectan a los animales y señaló que millones de animales esperan ser adoptados. “No podemos legalizar y fomentar la cría ni la reproducción y comercialización de los animales que hoy hacen parte del 70 % de las familias colombianas”, manifestó.

Aunque la proposición de la congresista fue altamente discutida por las bancadas, finalmente fue avalada por la ponente y aprobada por la plenaria. Con esa modificación, el texto prevé un régimen de transición de tres años, contado desde la promulgación de la ley, tras el cual quedará prohibida la reproducción, cría y comercialización de animales de compañía en el país.

La senadora afirmó que la aprobación representa un avance para la protección animal. En otra proposición que también recibió respaldo durante el debate, se incluyó la prohibición inmediata de la venta de aves ornamentales y medidas para incentivar las jornadas de adopción y apoyar los ingresos de rescatistas y fundaciones.

Esmeralda Hernández explica su proposición para que se establezca un régimen de transición de tres años para la comercialización de animales domésticos en Colombia - crédito @EsmeHernandezSi/X

Detalles de la iniciativa

El proyecto aprobado por el Senado plantea que las personas naturales o jurídicas que desarrollen formalmente actividades de reproducción, cría o comercialización deberán reconvertir su actividad económica o cerrarla de manera definitiva dentro de los tres años posteriores a la promulgación de la ley.

Mientras se cumple ese plazo, los establecimientos que continúen en funcionamiento deberán ajustarse a exigencias de bienestar animal, salud pública, identificación y trazabilidad. El texto contempla un registro para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control de las autoridades.

Cada animal entregado deberá contar con garantías sanitarias y un certificado expedido por un médico veterinario con tarjeta profesional vigente. Además, solo podrán operar los establecimientos inscritos en el Registro Mercantil.

Durante el periodo transitorio, los criaderos y comercios deberán cumplir requisitos de bienestar animal, salud pública, identificación y trazabilidad - crédito prensa Idpyba

La iniciativa prohíbe exhibir perros, gatos y otras especies en vitrinas, urnas de cristal, jaulas o locales comerciales como parte de una oferta de venta. También busca reforzar el control contra criaderos clandestinos, que operan sin registros sanitarios ni supervisión.

El incumplimiento de las restricciones y de los requisitos aplicables podrá dar lugar al decomiso de los animales y a sanciones administrativas, conforme a las normas vigentes y a las disposiciones que se definan durante las etapas restantes del trámite legislativo.

Por ahora, el proyecto continuará su trámite en la Cámara de Representantes, donde tendrá que surtir sus dos últimos debates y, de ser aprobado, pasará a sanción presidencial.

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