Consejo de Estado admitió tutela de Gustavo Petro en contra de la competencia del CNE para investigarlo

El presidente interpuso una acción legal contra la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. Además, el alto tribunal vinculó a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes

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El presidente Gustavo Petro interpuso una acción legal contra el Consejo de Estado por investigación en su contra por parte del CNE - crédito Juan Diego Cano/Presidencia

El presidente Gustavo Petro no se detiene en su misión de tumbar la investigación que abrió el Consejo Nacional Electoral (CNE) por presuntamente violar los topes de financiación de su campaña a la Presidencia en 2022.

En la mañana del jueves 10 de octubre, el Consejo de Estado confirmó que admitió la tutela interpuesta por el jefe de Estado contra la Sala de Consulta y Servicio Civil de ese tribunal que, en las últimas horas, confirmó la capacidad del organismo electoral para investigar la campaña y al mandatario.

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Admitir la tutela instaurada por el doctor Gustavo Francisco Petro Urrego en contra de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado”, se lee en el fallo.

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Según señaló el alto tribunal, la acción legal del presidente, que busca dejar sin efecto la decisión tomada por el Consejo de Estado que confirma la habilitación del CNE para investigar al jefe de Estado por irregularidades en su campaña de 2022, también requerirá de la participación de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, quienes tendrán un plazo de dos días para entregar informes de las investigaciones adelantadas hasta ahora.

El alto tribunal ordenó a la Sala de Consulta que remita el expediente del caso en el que autorizó al CNE a investigar al presidente Gustavo Petro - crédito Consejo de Estado

“Vincular a este asunto constitucional al Consejo Nacional Electoral, Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes del Congreso de la República, a los señores Edward David Rodríguez Rodríguez, José Manuel Abuchaibe Escolar, Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga, Miguel Abraham Polo Polo, Miguel Uribe Turbay y Alejandro Pardo Cortés, DARLES a conocer la interposición de esta acción, para cuyo efecto se deberá adjuntar copia de su texto, para que se pronuncien en el lapso de dos (2) días sobre el conocimiento que tengan de los hechos planteados por la demandante”, señala el fallo.

Además de pedir al Consejo de Estado que se abstenga de intervenir en el caso que se adelanta contra la campaña Petro Presidente 2022, el jefe de Estado también solicitó que el alto tribunal ordene de manera inmediata la cancelación de las investigaciones en su contra, según él, porque se estaría vulnerando su fuero constitucional.

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Ordenar al Consejo Nacional Electoral, abstenerse de aplicar la decisión de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en cuanto dispuso que el Señor Presidente de la República Dr. GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, no posee fuero constitucional especial, para su investigación y juzgamiento ante el Consejo Nacional Electoral”, se lee en la acción de tutela.

Entretanto, el Consejo Nacional Electoral también recibió su primera acción de tutela ante el alto tribunal. El ciudadano Ericsson Mena Garzón, defensor del presidente Gustavo Petro, presentó la acción legal en respuesta a la decisión del CNE de formular cargos contra la campaña presidencial de Petro en 2022.

El presidente Gustavo Petro calificó la reciente investigación del CNE como el inicio de un "golpe de Estado", término que usa con frecuencia en su vida política - crédito Jesús Aviles/Infobae Colombia

La acusación se centra en una supuesta violación de los topes electorales debido a la omisión de información sobre los aportes recibidos por la Coalición Pacto Histórico. Mena argumenta que esta acción del CNE vulnera el fuero presidencial y el debido proceso, ya que, según una sentencia de la Corte Constitucional, las investigaciones directas contra el presidente deben ser llevadas a cabo por el Congreso.

El documento de la tutela menciona la Sentencia SU-431/2015, que reafirma que cualquier investigación que afecte directamente al presidente en ejercicio debe ser adelantada por el Congreso, y no por autoridades administrativas como el CNE.

Mena sostiene que la formulación de cargos por parte del CNE constituye una violación al derecho a elegir y ser elegido, ya que el tribunal electoral no tiene la competencia para llevar a cabo este proceso, lo que genera incertidumbre sobre la legitimidad del proceso electoral y vulnera los derechos de los ciudadanos que votaron por Petro.

Además, el demandante señala que el CNE está interfiriendo en asuntos que son competencia exclusiva de la Comisión de Acusación del Congreso. Mena también hace referencia a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que ha indicado que las acciones que afecten los derechos de participación democrática de los ciudadanos son consideradas una violación a los derechos políticos consignados en tratados internacionales adoptados por Colombia.

En su solicitud, Mena pide la suspensión provisional de la investigación contra Petro para evitar que el avance del proceso afecte los derechos del mandatario y de los ciudadanos. Asimismo, solicita que, en caso de que el fallo definitivo sea favorable a las pretensiones de la tutela, se ordene al CNE remitir el expediente completo a la Comisión de Acusación del Congreso.

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