La suba del mínimo no imponible fue uno de los anuncios que marcó los primeros 100 días del gobierno de Mauricio Macri. Sin contemplar variaciones en las escalas, los trabajadores en relación de dependencia comenzarán a ver reflejados en los sueldos de marzo (que se cobra en los primeros días de abril) los cambios aplicados con el decreto publicado en el Boletín Oficial.
La última modificación se había hecho en agosto de 2013, y en ese momento era obligatorio que el recibo figurara como un "beneficio" otorgado por el Poder Ejecutivo Nacional. En esta ocasión, el decreto no da especificaciones, por lo cual cada empresa definirá cómo se verán expresados los cambios.
Según constató Infobae con empresas de distintos sectores, se dan tres escenarios principales:
1) Son trabajadores de cuarta categoría que ya pagaban el impuesto y se ven beneficiados por los cambios. Ahora recibirán una devolución de lo retenido en exceso durante enero y febrero. Pagarán menos por mes, pero seguirán abonando por superar el mínimo no imponible, que se estableció en $30.000 brutos para casados con hijos y en $22.656 para solteros. Estos montos equivalen a sueldos de $25.000 y $18.880 en mano, respectivamente.
2) El segundo escenario se da para la persona que pagaba y con los cambios deja de hacerlo. No sólo no le retienen por marzo, sino que le devuelven lo retenido por enero y febrero. "Por lo general, las empresas están expresando estos cambios en dos renglones separados, para que sea de más fácil lectura", aseguró Daniel Lejtman, socio del estudio Lisicki Litvin y Asociados, en diálogo con Infobae.
3) Y el tercer escenario es el que afecta a más de 200.000 personas que antes no pagaban y ahora sí. En este caso, la retención del impuesto por marzo es completa, mientras que las correspondientes a enero y febrero se realizan hasta en 10 cuotas. En el primer recibo de sueldo, este ítem aparecerá como "Cuota 1 retención de ganancias decreto 394/16", y todas las cuotas son en montos iguales.
¿Por qué hay personas que antes no pagaban y ahora sí? La AFIP decidió derogar el decreto de 2013, en el que se estableció el mínimo no imponible en $15.000 brutos. Esa decisión generó una desigualdad. Si en ese momento un trabajador ganaba por debajo de ese nivel, y luego lo superó por aumentos de sueldo, cambio de puesto o empresa, siguió sin pagar el gravamen hasta hoy.
Un trabajador casado con dos hijos que cobra un sueldo de $30.000 bruto y ya pagaba el impuesto, ahora recibirá una devolución de $7.902 (por enero y febrero) junto a su sueldo neto de $24.900, según estimó Lejtman. "En mano, este mes cobrará 32.802 pesos", ejemplificó. Y a partir de ahora, no pagará el tributo, salvo en aquellos meses que supere el límite. Por ejemplo, cuando cobre el medio aguinaldo.
Otra persona casada y con dos hijos con el mismo salario pero que hasta ahora no pagaba el impuesto por el Beneficio del decreto 1242/13, recibirá en marzo un sueldo en mano de 24.900 pesos por las otras deducciones. Como su sueldo bruto se encuentra en el límite de los $30.000, tampoco pagará el tributo. Pero su situación puede cambiar si recibe un aumento de sueldo.
Para el mismo caso pero con un sueldo de $35.000, tiene un salario en mano de $29.050 luego de las deducciones (17%). Antes no pagaba Ganancias y ahora sí. ¿Cómo queda su salario de marzo? El impuesto a las Ganancias de marzo se le tributa completo: son 248,66 pesos. Y debe un total de $497,31 por enero y febrero. Pero como se divide en cuotas hasta fin de año, este mes le retendrán 55, 26 pesos. Finalmente, cobrará en mano 28.746,09 pesos.
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