El proyecto de reforma de la ley de tránsito que establece "la tolerancia cero" en el consumo de alcohol de conductores particulares obtuvo hoy dictamen favorable del plenario de las comisiones de Infraestructura Vivienda y Transporte, de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda del Senado.
La propuesta amplía la restricción para el uso de alcohol y estupefacientes que ya rigen para los profesionales del transporte, los automovilistas particulares y los conductores de motos y ciclomotores, entre otras modificaciones aplicadas a la ley de tránsito.
Al defender la medida en el Salón Azul de la Cámara alta, el ministro de Interior y Transporte, Florencio Randazzo, indicó: "Queremos que el que toma alcohol, por poco que sea, no pueda manejar".
"El objetivo es salvar vidas. Está comprobado que la mínima ingesta de alcohol triplica el riesgo de sufrir un siniestro vial", sostuvo.
Acompañado por familiares de víctimas de accidentes de tránsito, el funcionario precisó que el 23% de los siniestros viales están vinculados con la ingesta de alcohol.
Explicó que el desagregado de las estadísticas revela que el 78% de casos positivos en controles de alcoholemia se dio en automóviles, el 15% en motocicletas, 4% en pick up y apenas un 1% en ómnibus y 1% en camiones. "La notable diferencia de alcoholemias positivas entre las categorías profesionales y particulares muestra que cuando existe prohibición total en la ingesta, los niveles de cumplimiento también son más altos", subrayó.
Randazzo comentó que "la idea es que rija sobre las rutas nacionales y que después los municipios y las provincias adhieran".
También, aseveró que "desde que se creó la Agencia Nacional de Seguridad Vial disminuyeron los accidentes en el país" y sostuvo que "esto (por la ley) es una política de Estado, va a quedar en el tiempo más allá del gobierno de turno, porque fundamentalmente tuvo un único objetivo que es salvar vidas".
El proyecto de modificación a la ley de tránsito también otorga el poder de policía a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), regula como categoría de vehículo automotor a los triciclos motorizados y cuatriciclos, y fija la pena de arresto para quienes protagonicen "picadas". Asimismo, establece controles de velocidad promedio sobre un tramo de la ruta y fija las edades mínimas para conducir en 21 años para las clases de licencias c, d y e (profesionales de carga o transporte de pasajeros), 17 años para lo que se conoce como particular de autos y 16 años para ciclomotores sin pasajeros.
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