La Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó el recurso extraordinario presentado por el municipio de San Fernando y dejó firme la decisión de ceder a la provincia de Buenos Aires unas 16 hectáreas sobre el río Luján.
La disputa comenzó en 1986, cuando la intendencia cedió el uso y explotación de los dos terrenos a la empresa Náutica Propeller SA. A raíz de esa operación, la provincia pidió "la anulación de los actos que permitieron la inscripción de tierras de la ribera interna en desmedro de su evidente condición de bienes dominiales del Estado". Recién el 12 de marzo de este año, el máximo tribunal de Justicia bonaerense dictaminó que el municipio había cedido tierras generadas por el desvío del cauce del río Luján. Ahora, esa decisión quedó firme con el rechazo del recurso extraordinario.
Al conocer la decisión, el intendente massista Luis Andreotti denunció una intencionalidad política detrás del impulso que la administración de Daniel Scioli dio a la causa en el último tiempo: "Demuestran que quienes pensamos distinto no somos aceptados por el Gobernador. La costanera pública no es del intendente, es de los vecinos. El daño se lo está generando al pueblo de San Fernando. Juntaremos firmas y haremos lo que esté a nuestro alcance para defender su patrimonio. Espero que recapacite".
El dirigente del Frente Renovador recordó que la causa tuvo sus alegatos en marzo del 2008. "Durante los ocho años desde esa fecha hasta hoy, el expediente quedó durmiendo", denunció a través de un comunicado. Pero la Suprema Corte de Justicia fue terminante: en un plazo máximo de 60 días, el municipio debe entregar los terrenos "junto con las obras de construcción y canalización realizadas en los mismos y sobre el lecho del río Luján que se incorporaron por accesión", según publica el diario La Nación.
El abogado de la Fiscalía de Estado bonaerense, Dino Polimeni, explicó a ese medio que "San Fernando tiene que devolver las tierras porque el fallo ya está en condiciones de ejecutarse, salvo que la Corte nacional exprese lo contrario". Consideró además que el argumento en que se basa el fallo es contundente: "La línea de la ribera del río Luján marca el límite entre el dominio privado y el público. Hace 20 años, cuando el municipio inscribió las tierras, el Registro de la Propiedad bonaerense no analizó el origen y procedió".
En paralelo, las empresas privadas afectadas por el fallo presentaron una contrademanda para solicitar que la Suprema Corte de Justicia bonaerense "ordene al Registro de la Propiedad Inmueble inscribir las escrituras a través de las cuales el municipio de San Fernando transfirió el dominio". Si ese pedido es denegado, reclaman que se los compense con una indemnización por daños y perjuicios, según consta en la causa B-63.234.
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