El vicepresidente Amado Boudou sorprendió este jueves al solicitar que la declaración indagatoria a la que fue citado el lunes sea televisada en vivo y en directo. La estrafalaria propuesta del funcionario no tiene antecedentes en el ordenamiento jurídico argentino y las leyes son muy claras.
El Código Procesal Penal establece en su artículo 204 que el sumario -es decir, las actuaciones del expediente- son públicas solamente para las partes y sus defensores, quienes las podrán examinar luego de la declaración indagatoria. En cambio, la investigación "siempre será secreto para los extraños". ¿Quiénes son los extraños? Las personas que no forman parte del proceso penal en cuestión.
Además el artículo 295, que fija las características propias de una indagatoria, establece que sólo podrán presenciar la declaración de un imputado su defensor, el fiscal y -obviamente- el funcionario judicial que realizará el trámite. Y el artículo 302 deja en claro que cuando "hubieren varios imputados en la misma causa, las indagatorias se recibirán separadamente".
Esto es clave en el caso Boudou, donde hay varios funcionarios acusados con intereses cruzados. Si alguno de los imputados escuchara las respuestas del vicepresidente antes de declarar, tendría cierta ventaja procesal.
El abogado constitucionalista Ricardo Monner Sans es uno de los denunciantes de la causa. Según explicó, "el juego armónico de los preceptos del Código Procesal Penal" son rotundos para afirmar que la idea de Amado Boudou de televisar su indagatoria no se ajusta a derecho. "Estamos asombrados con el pedido", analizó.
En el mismo sentido se pronunció el especialista Adolfo Tamini: "Una cosa es un juicio oral, pero en este caso la audiencia no es pública; es privada".
El sistema penal argentino se divide entre la instrucción y la etapa oral. En la primera parte el juez busca pruebas para indagar la existencia de un posible delito. El fiscal, como representante de la sociedad, es la parte acusatoria. Una vez que el magistrado tiene sospechas suficientes para encuadrar el accionar investigado en un tipo penal, procesa a los imputados y eleva el expediente a un tribunal oral.
En el juicio oral y público un tribunal es el encargado de analizar las pruebas y dictar sentencia de acuerdo a derecho. Las declaraciones de esta instancia sí son públicas, salvo excepciones en las que los jueces pueden ordenar desalojar la sala.
Más Noticias
Julio César Chávez Jr. revela que su adicción a fármacos y drogas casi le cuesta la vida tras dos sobredosis
En el podcast de Aldo de Nigris, el boxeador explicó que su consumo comenzó con medicamentos para bajar de peso y terminó arrastrándolo a una crisis que marcó su carrera y su vida personal

Resultados Baloto y Revancha sábado 17 de enero: números ganadores del sorteo de HOY
Baloto realiza dos sorteos a la semana, todos los miércoles y sábados, en los que se puede ganar varios miles de millones de pesos. Estos son los resultados del sorteo

Más de 200 personas fueron evacuadas en Corrientes por una crecida en el río Santa Lucía y hay alerta por tormentas
A una semana de que se registrara el aumento del nivel del cauce, las autoridades trabajan en asistir a los afectados. “Entre todos vamos a salir adelante”, confió el intendente Raúl Pelozo

La familia del Huevo Acuña acusó a la psiquiatra de la joven desaparecida en Neuquén: “Esto se hubiese evitado”
Fabiana Edith Muñoz es buscada por su familia desde el viernes a la tarde. Salió de su casa y desconocen a dónde podría haberse dirigido. Además, fue diagnosticada con esquizofrenia

Temblor hoy en México: noticias de la actividad sísmica este 18 de enero
Sigue en vivo todas las actualizaciones sobre movimientos telúricos este domingo
