Un ex funcionario kirchnerista pidió "derecho al olvido" en Google y Yahoo: la Justicia se lo negó

Raúl Copetti fue tesorero del Frente para la Victoria de Santa Cruz y pieza clave de la estructura financiera del ex presidente Néstor Kirchner. Le pidió a la Justicia que los buscadores no vinculen su nombre a sitios y notas periodísticas que dan cuenta de su paso político. La Justicia no le dio curso a la solicitud

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Para un funcionario kirchnerista, no hay "derecho al olvido". Raúl Horacio Copetti, ahora devenido en empresario hotelero, fue el histórico recaudador del Frente para la Victoria santacruceño, tesorero del Partido Justicialista y pieza clave en el entramado de hombres del ex presidente, Néstor Kirchner. Parece que a Copetti no le gusta nada que se lo recuerden de esa manera, por eso recurrió a la Justicia para que los buscadores Google y Yahoo, se "abstengan" de vincular su nombre "con sitios de contenidos diversos cuyos registros incluyen información inexacta, desactualizada y discriminante". La Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de una medida cautelar contra Yahoo! y Google.

En sus argumentos, Copetti explica que tanto Google como Yahoo se negaron a cumplir sus requirimientos de "eliminiación de los enlaces" y que por eso le pide a Justicia que tome medidas. El ex hombre fuerte del justicialismo santacruceño explicó que "ocupaba un cargo en el directorio del Banco de Santa Cruz, al cual renunció por el hecho de no compartir las políticas que se impartían en distintas áreas de Gobierno" y que desde entonces "se ha dedicado a la vida familiar y a ejercer diversas actividades en el ámbito privado, alejado de cualquier actividad pública". Copetti fue representante del Estado provincial en el Banco de Santa Cruz por decisión del Gobernador, Daniel Peralta, aunque en realidad él cumplía ordenes de Balcarce 50. En los primeros cruces entre Peralta y el kirchnerismo, Copetti dio un paso al costado.

Según relata el portal Diario Judicial, Copetti declaró que cuando ingresaba su nombre en los campos de búsqueda, "mediante el algoritmo de la función 'autocompletar' se recomiendan opciones de búsqueda que dirigen a los usuarios a contenidos falsos, degradantes y humillantes", en particular, una serie de blogs y diarios locales en los que es mencionado como un "recaudador" de partidos políticos.

Copetti fue denunciado por la utilización de sociedades creadas por beneficiarios de planes sociales que terminaron en manos de figuras del kirchnerismo y amigos del poder, como el empresario Lázaro Báez y el ex secretario de Transporte Ricardo Jaime. El periodista Jorge Lanata también contó los negocios de Copetti en su programa "Periodismo para Todos", en un informe que se tituló "Nuevos millonarios K del sur".

Los jueces María Susana Najurieta, Ricardo V. Guarinoni y Francisco de las Carreras fueron los miembros del tribunal que dictaron el fallo en el marco de la causa "C. R. H. c/ Google Inc. y otro s/ incidente de apelación de medida cautelar". Ya se había desestimado la cautelar con un fundamento claro: la sola manifestación de que los hechos denunciados perjudicaban al actor no era suficiente "para acceder a una cautelar que impida la libre expresión, garantía constitucional en la que queda comprendida la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas a través de Internet".

Los magistrados se pronunciaron en el mismo sentido, haciendo hincapié en que "el peticionario se desempeñó como integrante del directorio del Banco de Santa Cruz en representación de la provincia homónima, de conformidad con sus dichos, por lo cual no cabe descartar el interés público en las informaciones referidas a su persona a las que se pueda acceder mediante los buscadores de las demandadas".

"Asimismo, la documental acompañada consiste únicamente en las impresiones de listas de resultados de búsqueda que integran un acta notarial que resultan insuficientes a los fines de acreditar la afectación del derecho a la intimidad y 'a la veracidad de su imagen' en los que el peticionario ha fundado su recurso. En efecto, los textos de los resultados se referirían a derivaciones de su desempeño como tesorero de un partido político y como funcionario (...), de manera tal que es dable concluir se trata de cuestiones de interés público", reiteró el fallo.

Los jueces, además, detallaron que "el actor alega la protección de sus derechos personalísimos, mientras que la garantía de la libertad de expresión invocada en la resolución involucra no sólo a las empresas que a través de sus buscadores facilitan el acceso a la información, sino también a la sociedad en general, puesto que la medida cautelar tiene relación con noticias de relevancia pública".

La Cámara subrayó que "no se puede perder de vista que la pretensión cautelar ha sido dirigida exclusivamente contra los titulares de los buscadores cuya participación en los textos de los resultados o en las denominadas 'sugerencias de búsqueda" es una cuestión técnica que excede el limitado marco de conocimiento cautelar".

"En suma, la información de los resultados de búsqueda no puede ser circunscripta a la esfera de intimidad del peticionario y la pretensión cautelar no se dirige contra los autores de los contenidos sino contra Google Inc. y Yahoo de Argentina S.R.L. como difusoras y facilitadoras de la localización de los resultados de búsqueda con las expresiones que se consideran discriminatorias, falsas e inexactas, cuyo carácter no surge manifiesto como requiere el art. 38 –inc. 4– de la ley 25326", lo que tornó improcedente la solicitud.

Copetti fue denunciado por manejo irregular de fondos e incluso ya había intentado recurrir a un "bozal legal" para que un diario de San Martín de los Andes, lugar donde ahora reside y se dedica a emprendimientos turísticos, se abstentga de mencionarlo. No prosperó. Por ahora, no lo olvidan.