La Corte Suprema de Justicia barrió ayer con todas las discusiones técnicas y políticas sobre la reincidencia. Con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, resolvió que es constitucional el sistema de reincidencia previsto en el Código Penal.
De este modo, confirmó la validez de la norma por la que se declara reincidente a quien, habiendo antes cumplido una condena de prisión efectiva, comete luego un nuevo delito. La declaración de reincidencia tiene por principal consecuencia impedir al condenado obtener la libertad condicional por la que, si cumplió con los reglamentos carcelarios, puede salir de la prisión al cumplir las dos terceras partes de la pena impuesta.
La reincidencia es una de las principales polémicas en torno a la redacción del nuevo Código Penal. La comisión redactora la eliminó del cuerpo normativo porque a su entender contrariaba los principios de la Constitución. Sin embargo, sectores políticos como el PRO y el Frente Renovador se alzaron con críticas y defendieron su legalidad, hoy ratificada con la sentencia del máximo tribunal del país.
Este fallo fue dictado en el caso "Arévalo", un joven que había sido condenado por ser autor de los delitos de portación ilegal de arma de fuego y de robo doblemente agravado por su comisión con arma de fuego y por la intervención de un menor de dieciocho años, en grado de tentativa. Asimismo, había sido declarado reincidente y se le impuso la pena única de 16 años de prisión al unificarse la pena de 7 años impuesta por esta nueva condena con la de 9 que le había sido impuesta anteriormente.
El Tribunal también refutó la tesis de que con este sistema se castigue a una persona por lo que es y no por lo que haya hecho. Para ello, concluyó que la mayor severidad en el cumplimiento de la nueva sanción no se debe a la mera circunstancia de que el sujeto haya cometido antes un delito sino al "mayor grado de culpabilidad de la conducta posterior a raíz del desprecio que manifiesta por la pena quien, pese a haberla sufrido antes, recae en el delito".
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