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tras acceder a la interrupción legal del embarazo, según un comunicado emitido por las organizaciones de mujeres que acompañaron a la menor.
La niña, que
por la realización de la práctica, manifestó junto con su madre haber sido atendidas de forma profesional y cuidada tanto por los profesionales que iniciaron la práctica en un consultorio privado, como por el personal médico de ese hospital.
De esa manera, se hizo efectivo el derecho al Aborto No Punible que las mujeres tienen consagrado en el Código Penal de la Nación desde 1921 y que fue fortalecido por la Corte Suprema de Justicia el 13 de marzo de 2012, en el fallo "F.A.L s/Medida Autosatisfactiva", respetando también los Protocolos de Atención y los pactos de Derechos Humanos.
Según el comunicado, "esto demuestra que las autoridades del Hospital de Moreno que fundamentaron la negativa a realizar el aborto en supuestos criterios técnicos que orbitaron alrededor de la edad gestacional y el delicado estado de salud que ostentaba la niña, afirmando que de realizarse la práctica se ponía en peligro su vida, emitieron dichos falsos, por lo que violaron la ley, principios constitucionales y pactos internacionales de derechos humanos".
"La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y gratuito, y las organizaciones de Moreno Mujeres al Pie del Cañón, Mujeres Conurbanas, Confluencia Política 29 de Mayo, Las Rojas, la Campaña contra las Violencias regional Oeste, y FOL-La Brecha, que hemos acompañado a la niña y su familia, denunciamos públicamente el maltrato y las coerciones sufridas por ellas en el hospital, así como la falta de atención adecuada y de análisis pertinentes para realizar los diagnósticos realizados, y la divulgación de datos de la historia clínica de la niña; y anunciamos que acompañaremos a la familia en las acciones legales correspondientes para llevar adelante el juicio penal y la sanción que corresponde a las autoridades que han vulnerado los derechos de la nena", finaliza el comunicado.
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