La AFIP deslindó responsabilidades respecto del cepo cambiario

El titular del organismo, Ricardo Echegaray, afirmó que las medidas cambiarias son responsabilidad del Banco Central. Desestimó el rol que tiene en la convalidación previa de la autorización de compra de divisas

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 Prensa AFIP 162
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Desde que se instrumentó el cepo cambiario a fines de octubre de 2011 hasta el primer semestre de 2012, la AFIP dedicó gran parte de su tiempo a la publicación de resoluciones generales que fueron acorralando con exigencias y criterios discrecionales para aprobar la adquisición de moneda extranjera, ahora acotada a determinados turistas y residentes con familiares directos en el exterior.

A través de una plataforma de última generación la AFIP estima si un contribuyente tiene capacidad de ahorro para poder justificar el pedido de compra de dólares cuando quiere viajar al exterior, sea por placer, becas de capacitación o incluso por enfermedad.

Y si bien a menudo se rechaza la autorización, la cual nunca se aprueba antes de 48 horas de emprender viaje, con el consecuente trastorno que esa restricción impone a quien quiere o debe viajar, el titular de la AFIP, que disertó hoy en un encuentro organizado por la Cámara Argentina de Fideicomisos y  Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas, aclaró que "el cepo es una decisión de política monetaria, es decisión del Banco Central, y la AFIP no tiene nada que ver respecto del atesoramiento en moneda extranjera", según reproduce la agencia de noticias DyN.

"El cepo es una decisión de política monetaria", dijo Echegaray

Sin embargo, es la AFIP la que tiene el aplicativo para poder acceder a la autorización de compra de moneda extranjera, y no el Banco Central. Y sin una constancia impresa del organismo recaudador, ninguna autoridad bancaria o casa de cambio autorizada puede acceder a vender moneda extranjera a un particular.

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Es cierto que el rojo del turismo se aproxima al equivalente a u$s7.000 millones al año, lo que indicaría que el sistema de autorizaciones previas de venta de moneda extranjera funciona ágilmente y no ofrece trabas.

Pero también es cierto que muchos contribuyentes, en particular los que pasaron de condición de monotributista a régimen general, así como los autónomos, resaltan que la AFIP no les autoriza la compra de moneda extranjera y por tanto deben viajar con divisas que sólo pueden adquirir legalmente a través de operaciones bursátiles de títulos y acciones que cotizan en el exterior, y concentrar los pagos con el uso de la tarjeta de crédito. Pero hay transacciones pequeñas, como pagar el bus o un taxi que no admiten el plástico.

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