, cuando los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal 29
, aunque está previsto que Espósito no esté presente en la sala y
.
y la única vez que se lo vio fue cuando, por motivos de salud, le permitieron aparecer en pantalla desde una sala del Consejo de la Magistratura, beneficio poco habitual para un imputado.
Luego de esto, los jueces Rodolfo Goerner, María Deluca Giacobini y Alejandro Litvack pasarán a deliberar y se espera que el veredicto se dé a conocer después del mediodía.
En la etapa de alegatos, la abogada querellante, María del Carmen Verdú, solicitó una condena a seis años de prisión para Espósito, la máxima pena para el delito de "privación ilegal de la libertad".
En esa oportunidad, la letrada consideró que hubiera preferido esperar otros 20 años más para que en el debate se discutieran las torturas y la muerte de Bulacio, las cuales el Estado Argentino reconoció y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró probados. Es que Espósito llegó a juicio acusado por la privación ilegítima de la libertad y no por la muerte de Bulacio.
Por su parte, el fiscal del juicio, Horacio Fornaciari, solicitó que el imputado sea condenado a dos años de prisión y el abogado defensor, Pablo Argibay Molina, pidió la absolución.
A las 14, la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI), que encabeza Verdú, convocó a una concentración en la plaza Pizzurno, en Paraguay y Callao, para luego marchar hacia el tribunal.
A las 16:30, en tanto, efectuarán un
"Festival antirepresivo por Walter y por todos" en el que se prevé la
actuación de "Las manos de Filippi", entre otros grupos musicales que
acudirán bajo la
convocatoria "Basta de razzias, torturas y represión".
Los hechos ventilados en este debate ocurrieron el 19 de abril de 1991, en inmediaciones del Estadio Obras Sanitarias, en el barrio porteño de Núñez, donde se iba a desarrollar el recital, y centenares de personas que se dirigían a ese escenario fueron detenidas por la PFA, entre ellas Bulacio.
Quienes detuvieron al joven en su momento invocaron el "Memorando 40", una disposición pergeñada por dos jueces correccionales en 1967, que autorizaba a los comisarios no dar intervención a la Justicia por la detención de un menor de edad (siempre que no fuera por un delito), cuando el propósito era entregárselo a los padres.
Según constancias de las actuaciones, Bulacio murió como consecuencia de un "aneurisma no traumático" tras ser alojado en la comisaría 35, pero Espósito sólo fue procesado por su detención ilegal y nunca por "torturas seguidas de muerte".
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