La exención del pago del impuesto a las ganancias que fue anunciada ayer por el Gobierno deberá aparecer en el recibo de sueldo de cada empleado como un beneficio otorgado por el Poder Ejecutivo Nacional.
Esto queda explicitado en el artículo 3 del decreto: "El beneficio derivado de lo dispuesto en los artículos anteriores deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes.
Artículo 1° — lncreméntase, respecto de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de dicha Ley, hasta un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta sujeta a impuesto las deducciones de los incisos a) y b) del mencionado artículo 23.
Art. 2° — Lo dispuesto en el artículo anterior tendrá efectos exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000).
Art. 3° — El beneficio derivado de lo dispuesto en
los artículos anteriores deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos
de haberes.
A tal efecto, los sujetos que tengan a su cargo el pago de la remuneración y/o
liquidación del haber identificarán el beneficio con el concepto "Remuneración
y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias - Beneficio Decreto PEN
xxxx/2013".
Art. 4° — lncreméntanse las deducciones establecidas en los incisos a), b) y c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, se incrementarán en un VEINTE POR CIENTO (20%) cuando se trate de las ganancias a que se refieren los incisos a), b) y c) del Artículo 79 de dicha Ley.
Art. 5° — Lo dispuesto en el artículo anterior tendrá efectos exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de VEINTICINCO MIL ($ 25.000).
Art. 6° — Las deducciones establecidas en los incisos a), b) y c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, se incrementarán en un TREINTA POR CIENTO (30%) cuando se trate de las ganancias a que se refieren los incisos a), b) y c) del Artículo 79 de dicha Ley, cuyos beneficiarios sean empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que viven en las Provincias y, en su caso, Partido a que hace mención el Artículo 1° de la Ley Nº 23.272 y su modificación.
Art. 7° — Lo dispuesto en el presente Decreto tendrá efectos a partir del 1 de setiembre de 2013, inclusive.
Más Noticias
El peligro oculto de comprar en Amazon: así operan los hackers para vaciar tus cuentas con links
Al conocer los hábitos de compra, los ciberdelincuentes ajustan el engaño con mensajes que parecen legítimos y llegan en el momento exacto, reduciendo sospechas, y redirigen a sitios falsificados
Juan Manuel Olmos: “Si nos organizamos y hacemos una competencia de ideas y de programas, en el ’27 vuelve a ganar el peronismo”
El presidente de la Auditoría General de la Nación y dirigente del PJ dijo que sería un “error” ignorar el peso de la figura política de Cristina Fernández de Kirchner, pero esto no debe clausurar definiciones sobre ideas y estrategia. El espacio necesita recuperar confianza social con una agenda concreta, sostuvo

Exportaciones pesqueras al Asia Oriental se expandieron con más de USD 342 millones: ¿Cuáles fueron los productos estrella?
Corea del Sur, Japón y Taiwán siguieron a China entre los destinos de alimentos pesqueros peruanos en Asia Oriental, con una demanda concentrada en pocos mercados

Peru-Bolivia Border Region registró un sismo de 4.6 de intensidad este 21 de junio
Los primeros informes indican que el movimiento telúrico comenzó a las 08:50 horas locales

Uruguay vs Cabo Verde, EN VIVO, por el Mundial 2026: hora, TV, formaciones y todo lo que hay que saber
Luego del empate ante Arabia Saudita, la Celeste buscará un triunfo clave para soñar con la próxima fase de la Copa del Mundo
