Retiro de AFP 2024: ¿Puedo solicitar mi fondo si estoy en el extranjero?

Este viernes 3 de mayo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el reglamento que permite el retiro facultativo y extraordinario de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)

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Retiro de AFP 2024: ¿Si estoy en el extranjero podré retirar mi fondo?
Retiro de AFP 2024: ¿Si estoy en el extranjero podré retirar mi fondo?

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el reglamento que permite el retiro facultativo y extraordinario de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/20,600. Se esperó hasta la fecha límite para emitir dicho proceso, por lo que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tendrá que publicar el cronograma para el nuevo desembolso.

Una de las interrogantes es si los peruanos que residen en el extranjero pueden retirar. Es así como en la Resolución SBS Nº 01623-2024 se menciona que los nacionales podrán realizar su solicitud.

Todos podrán presentar su solicitud hasta un plazo máximo de 90 días calendarios, los cuales se cumple el 17 de agosto de 2024. Después de esta fecha no habrá más ingresos para desembolso.

¿Qué dice el reglamento para los peruanos en el extranjero?

De acuerdo con el documento, se precisa que quienes se encuentran fuera del país o que enfrentan limitaciones físicas, ahora tienen la vía abierta para presentar sus solicitudes de retiro de hasta 4 UIT. Estas solicitudes deberán ser ingresadas de manera virtual.

“Los afiliados que se encuentren en el extranjero o estén físicamente imposibilitados, pueden ingresar su solicitud de retiro extraordinario y facultativo de fondos o de desistimiento por los canales y plataformas que se habiliten para tal fin, siendo la AFP responsable de establecer los protocolos que les permita identificar al titular solicitante”, se lee.
Retiro de AFP 2024: ¿Si estoy en el extranjero podré retirar mi fondo?
Retiro de AFP 2024: ¿Si estoy en el extranjero podré retirar mi fondo?

Asimismo, se menciona que cada empresa afiliadora debe de implementar los protocolos necesarios para verificar la identidad de los titulares. Estos deben ser publicados días previos a la fecha de inicio de sus solicitudes en los canales de difusión.

¿Desde cuándo podré ingresar mi solicitud?

En el reglamento se precisa que las primeras solicitudes serán a partir del 20 de mayo del presente año.

“El primer desembolso debe ser realizado por las AFP, como máximo, a partir del 14 de junio, para aquellas solicitudes presentadas el 20 de mayo. En consecuencia, si el afiliado presenta su solicitud el día 21 de mayo, su primer desembolso será el 17 de junio, y así sucesivamente”, se explica.
  • De esta manera, el primer desembolso de hasta 1 UIT se tendrá que darse en un plazo máximo de 30 días calendario, contados desde la fecha que se presentó el pedido; es decir, la fecha límite es el 14 de junio.
  • El segundo, que también será de hasta 1 UIT, tendrá que darse en un plazo de 30 días calendarios, los cuales se cuenta desde que se ejecuta el primer desembolso.
  • El tercer desembolso será en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el segundo desembolso.
  • El cuarto desembolso por hasta 1 UIT o el remanente del monto solicitado se dará en un plazo máximo calendario de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el tercer desembolso.

Este es el cronograma del retiro AFP

Recuerda que el cronograma del retiro tendrá un periodo donde no se considerará el último dígito de tu DNI; es decir, en el caso de que te olvides, puedes ingresar tu pedido desde el 2 de julio al 17 de agosto.

Asociación AFP publicó el cronograma oficial con DNI. - Crédito Captura de Asociación AFP
Asociación AFP publicó el cronograma oficial con DNI. - Crédito Captura de Asociación AFP

¿Me pueden retener mi fondo por prensión alimenticia?

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) están facultadas solo para retener hasta un 30% de los fondos retirados por sus afiliados, en concepto de deudas por alimentos, según las legislaciones vigentes.

“La AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional, solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del treinta por ciento (30 %) del monto retirado en cada desembolso, conforme a lo dispuesto por la Ley”, se lee.

¿Cuál es el link para ingresar mi solicitud?

La Asociación de AFPs señaló que procedimiento será de manera gratuita y virtual. Asimismo, precisó que existirá una solo página web para todas las empresas; es decir, si estás afiliado a AFP Habitat, Prima, Profuturo e Integra.

  • Fíjate la fecha que debes ingresar al link según el último dígito de tu DNI para realizar la solicitud (inicia el 20 de mayo)
  • Luego ingresar al LINK: www.solicitaretiroafp.pe (en las próximas horas estará habilitado).
  • Debes llenar un formulario con tus datos personales, número de cuenta, teléfono, entre otros de manera correcta.
  • Antes de continuar, vuelve a revisar la información y registra tu solicitud.