Qué debes saber si eres autónomo y quieres solicitar el Ingreso Mínimo Vital

La ayuda puede ser solicitada por cualquier persona, independiente de la fuente de sus ingresos, incluida la autónomos que no alcancen los umbrales mínimos de ingresos, según la Seguridad Social

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 Calculadora, dinero.
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Calculadora, dinero. JUNTA DE ANDALUCÍA

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una subvención que concede la Seguridad Social a las personas que viven solas o pertenecen a una unidad de convivencia y que carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. Su propósito es garantizar un nivel de ingresos mínimos a las personas en situación de vulneración económica. Su objetivo es prevenir el riesgo de pobreza y la exclusión social.

La ayuda puede ser solicitada por cualquier persona, independiente de la fuente de sus ingresos, incluida la autónomos que no alcancen los umbrales mínimos de ingresos, según la Seguridad Social.

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Por ello, al igual que en el resto de casos, los autónomos o trabajadores por cuenta propia que estén interesados en esta prestación deben cumplir con los requisitos que la ayuda exige y siempre deberán notificar cualquier cambio en su situación económica que pueda afectar a su elegibilidad.

El pago se realizará mensualmente mediante transferencia bancaria a la cuenta del beneficiario. Su ingreso es intransferible, y no puede utilizarse como garantía de deudas, ni ser cedido total o parcialmente, ni sujeto a compensación, descuento, retención o embargo, según se especifica en la página web de la Seguridad Social.

Requisitos para solicitar el IMV

Para poder acceder a la prestación habrá que cumplir una serie de requisitos:

  • Vivir en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud (a excepción algunos casos como las personas víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o de violencia de género)
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica: cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia.

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  • Figurar como demandante de empleo
  • Tener una edad de entre 23 y los 65 años, aunque la Seguridad Social contempla alguna excepción, como la de los jóvenes de 18 años con menores a cargo.

Qué hacer si las circunstancias personales cambian

Las circunstancias personales de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o de algún integrante de su núcleo familiar pueden generar ajustes en la asignación económica que reciben. Esta variabilidad en la cuantía de la ayuda se puede oficializar en cualquier momento del año, tomando efecto desde el inicio del mes subsiguiente al evento que impulsó dicho cambio.

El IMV es una prestación que se destina a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas. La Seguridad Social ofrece un nuevo complemento dirigido a aquellas personas que reciben el subsidio y tienen un menor a su cargo

Además, la prestación se revisa anualmente el uno de enero y se ajusta automáticamente. Esta actualización toma en cuenta los ingresos anuales reales del año fiscal previo, permitiendo así realizar los ajustes adecuados para cada caso particular. Este mecanismo asegura que la ayuda económica esté alineada con la situación real y actual de los beneficiarios, proporcionando un soporte financiero más equitativo.

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