La Cámara de Casación rechazó la prescripción de una causa por un piquete en la Panamericana

Fue suspendida debido a que uno de los nueve acusados era funcionario público al momento del hecho, en julio de 2014

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El hecho ocurrió en julio de 2014 y por el caso hay nueve imputados (NA)
El hecho ocurrió en julio de 2014 y por el caso hay nueve imputados (NA)

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes la prescripción de una causa iniciada a mediados de 2014 por un piquete en la avenida Panamericana y que tiene como imputados a nueve personas, uno de los cuales era funcionario público al momento del hecho.

La medida fue tomada por la Sala IV del máximo tribunal del país, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, quienes no hicieron lugar a una queja interpuesta por la defensa contra la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, que revocó el sobreseimiento que había sido dictado, por prescripción de la acción penal.

En la causa se investiga el hecho ocurrido el 8 de julio de 2014, cuando los imputados habrían interrumpido el normal funcionamiento del transporte terrestre y, en consecuencia, entorpecido la libre circulación del tránsito vehicular a la altura del kilómetro 35,5 de la Panamericana, en la intersección con la Avenida Henry Ford, sobre la mano de circulación con dirección hacia la provincia de Buenos Aires.

En aquella ocasión se concentraron en ese lugar para protestar por despidos y suspensiones en una autopartista. Esa manifestación terminó con incidentes: tras casi una hora de bloqueo al tránsito, Gendarmería intimó a abandonar la protesta y luego de varios minutos sin respuesta, avanzó sobre los manifestantes con camiones hidrantes. Los protestantes reaccionaron tirando piedras y cascotes.

Aquella manifestación terminó con incidentes (Télam)
Aquella manifestación terminó con incidentes (Télam)

Por el caso, fueron imputados seis hombres y tres mujeres. La defensa de los mismos había planteado la prescripción pero el pedido fue rechazado por la Cámara de San Martín. Y, tras presentar el recuso de queja, ahora recibió un nuevo revés de parte de la Sala IV.

Para si resolver los jueces tuvieron en cuenta que el curso de la prescripción estuvo suspendido hasta noviembre de 2019, en los términos del artículo 67, segundo párrafo del Código Penal, porque uno de los imputados, se desempeñaba en un cargo público. Específicamente, ejercía como asesor en la Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza.

La suspensión de la prescripción para funcionarios públicos se extiende para todos los que hayan intervenido en el ilícito. Por ello concluyeron que aún no ha transcurrido el tiempo fijado legalmente para que prescriba la acción penal y fue revocado el sobreseimiento.

En su fallo los magistrados también aclararon que “tampoco se observa en el caso la arbitrariedad de sentencia alegada por la defensa, por cuanto, en atención al carácter restrictivo de la admisión de dicha doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida, que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual la defensa no ha conseguido acreditar en autos”.

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