El violento perfil del motochorro condenado a los 16 por intentar matar a una mujer que pide volver a su casa por el coronavirus

E.A, hoy de 18 años, oriundo del Villa Soldati, está preso desde 2018. La Sala II de la Cámara de Casación negó su pedido de prisión domicilaria luego de que se encontraran tres casos positivos en el personal del centro donde está encerrado. Una de sus víctimas, de su mismo barrio, rechazó su salida

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Las celdas del Manuel Belgrano (foto: PPN)
Las celdas del Manuel Belgrano (foto: PPN)

El 24 de junio pasado, la Sala II de la Cámara de Casación del fuero de instrucción porteño decidió sobre un caso que es un signo de los tiempos en el extremo más frágil del sistema penal. La defensa de E.A, hoy de 18 años, oriundo del barrio Ramón Carrillo en Villa Soldati, sobre las vías del Premetro, había pedido que el joven, encerrado en un instituto de menores porteño, reciba la prisión domiciliaria.

El motivo era simple, similar al que argumentan y argumentaron cientos de presos a lo largo del país en los últimos meses ante los tribunales que los condenaron, las salas de las cámaras de Casación o los juzgados y fiscalías a cargo de sus arrestos y encierros: el riesgo del coronavirus. E.A, preso desde el 24 de agosto de 2018, se encontraba en una celda del Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado Manuel Belgrano sobre la avenida del mismo nombre en el barrio San Cristóbal, con una población de detenidos de 16 y 17 años.

El pedido no caía en un vacío: la Sala II había recibido información sobre tres casos positivos entre trabajadores del lugar. A fines de mayo, información oficial detallaba tres casos en los tres centros de detención de menores porteños, entre ellos un chico de 16 años, con más de 50 personas en aislamiento.

Así, en un breve fallo al que accedió Infobae, la Sala II decidió denegar la excarcelación de E.A. Los motivos fueron varios. Para empezar, no fue considerado una persona de riesgo con patologías preexistentes de cara al riesgo del COVID-19. Segundo, su perfil psicológico y su legajo de conducta no lo beneficiaban. Un estudio entregado al tribunal hablaba de agresiones físicas al personal del Manuel Belgrano, así como “su falta de tolerancia a la frustración y dificultades en el manejo de sus impulsos” y “la presencia de signos de hostilidad mostrados contra el medio exterior y una falta de sensación de satisfacción que podía producir un desequilibrio o terminar en un desborde de conductas antisociales”. El otro motivo era su condena misma.

El 21 de agosto de 2019, el Tribunal Oral de Menores nº 1 condenó a E.A a la pena de cuatro años de prisión por los delitos de homicidio en grado de tentativa y portación ilegítima de un arma. E.A, según la acusación en su contra, intentó matar a una vecina a tiros. La mujer esquivó las balas, tres en total.

No fue el único caso: el joven fue acusado de otro hechos más bajo la misma acusación, homicidio en grado de tentativa y portación de arma, un hecho ocurrido minutos antes donde la víctima fue un policía que vivía en el barrio.

E.A tenía 16 años en aquel entonces.

El barrio Ramón Carillo, donde ocurrieron los ataques.
El barrio Ramón Carillo, donde ocurrieron los ataques.

Todo ocurrió el 24 de agosto de 2018, en un pasaje del Ramón Carrillo, cerca de la casa de E.A, eran las 4 de la mañana. El policía llegaba al barrio. El joven, a bordo de una Honda Wave 110 blanca junto a un cómplice desconocido, tomó su pistola cargada. El policía, básicamente, la vio venir. Caminaba por el asfalto, se subió a la vereda. Su vecino, sin mediar palabra, gatilló. No salió ninguna bala. E.A huyó en la Honda por el pasillo, el policía corrió 200 metros a un puesto de Gendarmería.

Pocos minutos antes, el joven había abordado a la otra mujer a pocos metros. También le apuntó: “Te voy a quemar, te voy a quemar”, le gritó, según la condena firmada en su contra. Le disparó tres veces desde su moto, sin éxito. La mujer se ocultó atrás de un árbol, luego de un auto.

Sin embargo, el Tribunal N°1 absolvió en marzo de 2019 a E.A por el hecho del policía. El testimonio del hombre fue casi la única prueba de la acusación. El policía no pudo señalarlo en una rueda de reconocimiento, según el fallo de la condena original. No solo eso: no había testigos presenciales, tampoco filmaciones de cámara de domo. Por otra parte, la acusación sobre el ataque a la mujer selló la condena.

El virus no fue el único motivo en el pedido de E.A para obtener un arresto domiciliario para su pena que se considerará cumplida en 2022. Sobre estar detenido en su casa, su defensa aseguró que allí estaría con su madre y su mujer y evitaría el contacto con otras personas jóvenes y personal del establecimiento, además de que podrá acompañar a su familia en un momento muy delicado a nivel emocional, pues hace pocos meses falleció su hermano y días atrás su tía materna”.

Su víctima, por su parte, se opuso totalmente a que salga de su celda, algo que la Sala II valoró en su decisión.

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