Veredicto inesperado: secuestraron y mataron a un taxista, pero sólo les dieron penas de entre 10 y 14 años

La fiscal había pedido prisión perpetua para los tres imputados, pero apenas uno de los tres jueces votó en esa dirección

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Tres hombres fueron condenados por el Tribunal Oral Federal 2 a penas de entre 10 y 14 años de prisión por secuestrar y matar al taxista Alberto Sarubbi en el partido de La Matanza, a pesar de que la fiscal y uno de los jueces del Tribunal consideraron que debían recibir prisión perpetua.

El veredicto por el secuestro extorsivo y asesinato de Sarubbi fue leído durante una audiencia por videoconferencia debido a las medidas de prevención a raíz de la pandemia de coronavirus.

El fallo del Tribunal fue por mayoría, ya que uno de los magistrados, Jorge Gorini, quedó en minoría al votar como condena la prisión perpetua, tal como había pedido la fiscal de juicio, Fabiana León, debido a la gravedad de los delitos cometidos.

“A Alberto Sarubbi lo acribillaron por la espalda, a poca distancia mientras estaba arrodillado luego de haberlo tenido detenido por horas, en un contexto en el que no presentaba ninguna amenaza para los imputados ya que se hallaba en estado de total indefensión, por lo que el daño mencionado resulta inconmensurable”, sostuvo la fiscal en el alegato final del juicio oral, en el que reclamó las condenas a prisión perpetua.

Ahora, con penas que no superan los 14 años de prisión, el fallo será apelado ante la Cámara Federal de Casación.

En la acusación se remarcó que se trató “de la vida de una persona que había salido a trabajar, lo que además ha generado severas consecuencias en las vidas de sus familiares, quienes también son víctimas y aún sufren de severas secuencias psicológicas”.

Sarubbi fue secuestrado el 17 de noviembre de 2016 cuando manejaba su taxi por avenida Cabildo y el cruce con Juramento, en el barrio porteño de Belgrano. Posteriormente, los captores reclamaron a sus hijos un rescate de 200 mil pesos.

Mientras estaba aún en cautiverio, el taxista fue asesinado de cinco balazos en la espalda por uno de los delincuentes, que en ese momento era menor de edad, poco después de que la policía detuviera a uno de sus cómplices cuando cobraba el rescate en el partido de La Matanza.

En su voto mayoritario, los jueces Rodrigo Giménez Uriburu y Enrique Méndez Signori condenaron a 12 años de prisión a Jonathan Gabriel Yfran; a 10 años a Franco Maldonado y a 14 años a B.D.M, el menor de edad al momento del hecho y considerado autor de los disparos contra el taxista.

El personal policial, en medio de las pericias que se practicaron en el taxi de Sarubbi.
El personal policial, en medio de las pericias que se practicaron en el taxi de Sarubbi.

En los fundamentos, esos dos magistrados sostuvieron que el menor de edad fue quien asesinó a la víctima sin que los otros dos acusados, que por entonces tenían 18 y 20 años, hayan participado de esa decisión. Por ende, no se los condenó por este delito.

Además, en el caso de Maldonado y a diferencia de lo planteado por la fiscalía, se redujo su condena por los aportes hechos como imputado colaborador.

De esta manera, los jueces condenaron a los dos primeros acusados por el delito de secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas y robo agravado con arma de fuego.

El tercer acusado, preso en el Complejo de Jóvenes Adultos del Servicio Penitenciario Federal, fue responsabilizado por el secuestro extorsivo, robo agravado y “por ocasionar intencionalmente la muerte de la víctima”.

Al votar en minoría por la prisión perpetua, el juez Gorini concluyó que los tres secuestradores “decidieron llevar un arma consigo” como parte “integrante del plan criminal” y “tanto para B.D.M. como para los otros dos imputados, la posibilidad de utilizarla para causarle la muerte a Sarubbi estuvo constantemente latente”.

“Hacerse del arma en dichas condiciones solo obedece a asegurar sus propósitos delictivos y, como ya dijera, garantizar la impunidad, lo que conlleva su eventual uso ante un enfrentamiento con las fuerzas de seguridad o sobre la víctima como finalmente ocurrió”, agregó.

Además recordó que los tres condenados “actuaron a cara descubierta, lo que haría posible a la víctima su reconocimiento posterior de resultar detenidos”.

El taxista fue asesinado en la canchita de fútbol ubicada entre los monoblocks del barrio Villegas, de Ciudad Evita, La Matanza, el mismo día del secuestro y poco después de que la policía detuvo al encargado del cobro del rescate.

La Policía detuvo a uno de los delincuentes apenas cobró el rescate, por lo que decidieron ejecutar a la víctima.
La Policía detuvo a uno de los delincuentes apenas cobró el rescate, por lo que decidieron ejecutar a la víctima.

En el marco de la causa en la que en primera instancia intervino el fiscal federal Carlos Stornelli, se determinó que Sarubbi fue asesinado de cinco disparos en la espalda cuando estaba tirado en el piso, delante de decenas de testigos que pensaron que se trataba de un abuelo caminando con su nieto por el lugar.

Minutos antes se había frustrado el pago del rescate por parte de uno de sus hijos del taxista, debido a la intervención policial para arrestar a uno de los captores.

Si bien en el inicio de la pesquisa fueron detenidos por ese operativo un comisario, un subcomisario y dos oficiales de la División Operativa Central de la Policía Federal, luego quedaron desvinculados del caso.

Según los testimonios aportados en el juicio, al enterarse del secuestro, uno de los hijos de Sarubbi comenzó a negociar con los delincuentes, mientras que el otro se comunicó con un conocido en el gobierno nacional para pedirle ayuda, “desde la desesperación y la ignorancia”, según dijo, y allí se dio intervención a la policía.

En este debate el Tribunal condenó además a Sara Soplan a tres años de prisión en suspenso por falso testimonio agravado, ya que dos días después del hecho mencionó ante Stornelli y bajo juramento falsamente a otras dos personas como responsables del secuestro “para desviar la investigación hacia personas con las cuales tenía problemas de vecindad”, concluyeron los jueces.

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