Condenaron a 17 años de prisión a un militar español que asesinó a una argentina

El crimen de Lorena Mazzeo, quien trabajaba como prostituta, tuvo lugar en 2016 en las Islas Canarias. El hombre, que había contratado sus servicios, la estranguló con el cable de la ducha

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Lorena Mazzeo
Lorena Mazzeo

Un jurado popular español condenó este martes al militar Félix Daza Cabeza a 17 años y tres meses de prisión por el crimen de Lorena Mazzeo, una mujer argentina que trabajaba como prostituta y cuyos servicios el hombre contrató en octubre de 2016.

El jurado, compuesto por nueve personas, determinó por unanimidad que el hombre estranguló a Mazzeo con el cable de la ducha en la vivienda de la mujer, ubicada en las Islas Canarias. Además del delito de asesinato, lo encontraron culpable de hurto, dado que también se quedó con algunas de las pertenencias.

El crimen tuvo lugar en la casa de Mazzeo. Daza Cabeza había asegurado inicialmente que mató a la mujer por accidente. Indicó que luego de tener relaciones sexuales, él fue a la ducha antes de irse. Según su relato, Mazzeo se metió en la bañera con él y lo alentó a practicar "ciertos juegos" de tinte sadomasoquista que se le habrían ido de las manos y desembocado en el desenlace fatal.

Sin embargo, el fiscal del caso leyó al tribunal una declaración que contradecía esta aseveración. Un testigo declaró que, semanas después del hecho, el militar español le dijo: "La maté porque quise. Era una puta y no se va a reír más de mí". Dos meses más tarde, Daza Cabeza fue detenido.

El militar español, durante el juicio
El militar español, durante el juicio

La fiscalía alegó que esas palabras revelaban la intención deliberada de cometer el crimen, por lo que solicitó una pena de 21 años de prisión. Según la evidencia presentada, el jurado determinó que la muerte de Mazzeo "no fue accidental, ni fruto de un exceso no querido pero no evitado", y de manera unánime estableció su culpabilidad. Por ende, lo condenaron a 17 años y tres meses de prisión.

La sentencia también dio cuenta de una recolección de los hechos que contrastó fuertemente con la explicación del militar. En primer lugar, dio por probado que entre el verano y el otoño de 2016, el acusado contactó a Mazzeo en varias ocasiones, contradiciendo así la aseveración del hombre que indicaba que era la primera vez que ambos se veían.

Luego, estableció cómo fue la sucesión de hechos que terminaron con el asesinato: luego de mantener relaciones, explicaron, el hombre "aprovechó un momento en el que ella, por causa desconocida, se encontraba inconsciente o con pérdida del conocimiento para trasladar su cuerpo inerte o inactivo hasta el cuarto de baño".

Y continuó: "Seguidamente, el acusado, sabedor de la situación de desprotección y de la previsible falta de reacción de la víctima", colocó el cable de la ducha alrededor de su cuello y, "con la finalidad de acabar con su vida, presionó con fuerza hasta provocar su estrangulamiento y finalmente su muerte por asfixia".

Lorena Mazzeo
Lorena Mazzeo

Una vez consumado el homicidio, Daza Cabeza cortó los cables del router y la línea telefónica y, previo a salir de la casa, se apropió de las sábanas, el celular, una tablet y las llaves de la mujer, entre otros objetos.

El delito principal fue asesinato agravado por alevosía, mientras que también se lo encontró responsable por hurto. Además de la condena penal, se le impuso al militar la obligación de indemnizar a la familia de su víctima con la suma de 100.000 euros.

La madre de la joven, Isabel Olivera Bustamante, estuvo presente en el juicio. "Nada es justo, él tiene una condena, pero en un tiempo va a salir. Pero mi hija tiene una condena que es no tener nunca más una Navidad, ni un cumpleaños", dijo y cuestionó que Daza Cabeza no se haya arrepentido en ningún momento del juicio.

"Mi hija vivía sola, no tenía defensa y por eso él pensó que nadie la iba a encontrar, que nadie iba a reclamar por su vida. Pero no sabía que, a la distancia, nos comunicábamos todos los días", aseguró.

El hombre, no obstante, tiene la posibilidad de apelar la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

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