La Cámara de Casación respaldó la validez de las escuchas telefónicas del Caso Maldonado

Fue en un voto por mayoría que, está descartado, será apelado. La controversia deberá dirimirla la Corte Suprema

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El juez Guido Otranto, quien ordenó las escuchas para encontrar a Santiago; Sergio Maldonado, quien tuvo su teléfono brevemente intervenido y el juez Gustavo Lleral, quien declaró la invalidez de las captaciones telefónicas.
El juez Guido Otranto, quien ordenó las escuchas para encontrar a Santiago; Sergio Maldonado, quien tuvo su teléfono brevemente intervenido y el juez Gustavo Lleral, quien declaró la invalidez de las captaciones telefónicas.

Con voto por mayoría, la sala III de la Cámara Federal de Casación ratificó el un fallo de cámara que respaldó la validez de las escuchas telefónicas ordenadas durante la frenética búsqueda de Santiago Maldonado.

Se trata de las intervenciones dispuestas por el primer juez que buscó al joven anarquista, Guido Otranto, a los celulares del hermano de Santiago, Sergio Maldonado y de otros miembros de la red de apoyo a la comunidad de Cushmen en Chubut: la mapuche Claudina Pilquiman; el activista y  amigo de Santiago, Ariel Garzi y la última persona que se había comunicado con él, Marcela Stocovaz, vecina de El Bolsón.

Al intervenir de oficio, el juez Gustavo Lleral había declarado nulas e inconstitucionales las captaciones y había ordenado su destrucción integral, fallo que luego fue revocado por la Cámara de Apelaciones y nuevamente recurrido por la familia de Santiago y el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels).

En la breve sentencia de Casación, los jueces Eduardo Riggi y Liliana Catucci rechazaron la apelación al fundamentar que la impugnación había sido mal concedida debido a que no se trataba de una cuestión definitiva (una doctrina muy usual para desestimar recursos) y porque las escuchas como prueba ya eran parte de la causa de hábeas corpus. En ese estadío recordaron que las partes no pueden decidir qué pruebas se tienen en cuenta y cuáles no.

Argumentaron, además,  que no hallaron arbitrariedad en los fundamentos de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que había revocado por mayoría el fallo de Lleral y expresado que es legítimo ordenar intervenciones por fuera de un proceso penal y en el marco de un hábeas corpus cuando está en riesgo la vida de una persona.

En disidencia votó el juez Carlos Mahiques, quien entendió que la impugnación era perfectamente admisible.

La legalidad o ilegalidad de las intervenciones telefónicas son un punto clave en las causas conexas del Caso Maldonado. Al menos dos de las transcripciones de esas captaciones son parte de la prueba con la que la fiscal Silvina Ávila respaldó su imputación a Pilquiman y a Garzi, entre otros 10 miembros de la comunidad indígena, como integrantes de una asociación ilícita, que urdió un plan para mentirle a la justicia y desviar la pesquisa durante la búsqueda del joven tatuador.

Un aval firme sobre ese material probatorio resulta también fundamental para que la fiscal Ávila pueda acceder al resto del contenido de esas captaciones y así, eventualmente,  respaldar su acusación con más pruebas o indicios.

De manera indirecta también lo es para la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich quien por pedido de la Casa Rosada demandó a la comunidad mapuche por haber urdido el relato de la desaparición forzada del joven en la que varios de los testigos , según la demanda del Ministerio de Seguridad, cumplió un rol específico dentro de un complejo engranaje de ocultamiento y mendacidad.

Seguramente el reclamo de la familia Maldonado y del Cels llegará a la Corte Suprema de Justicia, si Casación habilita que su fallo sea recurrido. En ese caso, será la Corte la que deberá fijar posición sobre dos derechos en pugna: el derecho a la intimidad de los escuchados y especialmente el del hermano de Santiago, Sergio Maldonado, versus el derecho de la víctima—en este caso Santiago—a preservar su vida y ser encontrada con celeridad en el contexto de una desaparición.

Apelación por el cierre de la causa Maldonado

Por otro lado, hoy  se conoció que el 29 de este mes será la audiencia en la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que revisará el cierre de la causa Maldonado, dictado por el magistrado Lleral.

Santiago Maldonado
Santiago Maldonado

Tanto la familia del joven fallecido como los tres organismos de derechos humanos que los acompañaron de entrada (CELS, APDH y CPM) apelaron el sobreseimiento del gendarme Emanuel Echazú y el dictamen de Lleral que concluyó que el joven anarquista  murió ahogado sin participación de terceros.

Las querellas insisten que ese fallo no agotó todas las instancias de prueba. Esgrimen que quedan dudas sobre las circunstancias de la muerte del joven y que restan pericias por realizarse.

Además, el CELS, la APDH y la CPM se sumaron al pedido de los Maldonado para que un comité independiente e interdisciplinario investigue la muerte de Maldonado.

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