El jefe penitenciario que usaba personal para realizar tareas domésticas en su casa va a juicio oral

En horario de trabajo debían acompañar a su mujer al supermercado. Será exonerado

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El fiscal federal Federico Delgado le solicitó al juez federal Rodolfo Canicoba Corral la elevación a juicio oral y público contra el ahora ex subprefecto Carlos Alberto Sosa, el entonces director de la Unidad 28, el Centro de Detención Judicial que funciona en el Palacio de Tribunales, por utilizar bienes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) "en provecho propio y de familiares directos". Por ejemplo, hacer que los efectivos bajo su mando fabriquen –en los talleres de la UP28 y que después las instalen en su casa de Ezeiza– "rejas exclusas de seguridad"; y hasta que sus subordinados, en camionetas oficiales, lleven a sus hijos a la escuela y a su mujer a clases de tenis.

Sosa fue director de la Unidad 28 del SPF entre el 18 de diciembre de 2015 y el 2 de noviembre de 2016. La investigación fue realizada por la División de Asuntos Internos del SPF a cargo de Miguel Ángel Perrotta y publicada por Infobae el 29 de julio de 2017.

Como consecuencia de sus actos de corrupción, el funcionario fue obligado a aceptar el retiro anticipado y ahora será exonerado.

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Argumentos de la fiscalía

En su solicitud de elevación a juicio, Delgado asegura que "durante su desempeño como Director de la Unidad (Sosa), destinó en distintos días y horarios a agentes de la Sección Mantenimiento para que realizaran diversas tareas a su favor", el escrito rememora que las tareas que el oficial obligaba a realizar a sus subordinados, haciendo uso indebido de su poder, se dividió de la siguiente manera: "en primer lugar, se realizaron diferentes trabajos de manutención y/o reparación de elementos o estructuras edilicias en el interior del domicilio particular de Sosa, ubicado en la calle Almirante Brown al 1400, Monte Grande, provincia de Buenos Aires.

"En segundo lugar se llevaron a cabo tareas de construcción y colocación de distintos elementos y/o estructuras en el nombrado domicilio.

"Por último, se designó a distintos subordinados como choferes particulares del núcleo íntimo familiar de Sosa (esposa e hija). Tal como surge de los libros de registro de novedades presentados en la causa, el grueso de estas actividades tuvo lugar entre el 18 de diciembre de 2015 y el 2 de noviembre de 2016".

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El fiscal federal también le recordó al magistrado que la causa se inició el 3 de marzo de 2017 a partir de las pruebas presentadas por Perrotta, entre ellas, fotos, libros de entrada y salida de materiales del SPF para la realización "de distintas tareas en la vivienda de Sosa" como la "instalación de cámaras de seguridad, reflectores, protector para el portero eléctrico, plomería, pintura y colocación de un techo en una casa de juegos perteneciente a la hija de Sosa, con chapas de propiedad de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

Pero eso no es todo. La fiscalía de Delgado también comprobó, tal como constaba en la denuncia de asuntos Internos, que se "había confeccionado e instalado una jaula metálica en la puerta de ingreso del domicilio de Sosa, la cual se había fabricado en el interior de la Unidad 28° y luego trasladada al domicilio particular por personal de mantenimiento del Servicio Penitenciario Federal, utilizando para ello un móvil oficial del Servicio".

Es decir que los vehículos de la Unidad 28, en vez de ser usados para trasladar detenidos, o para realizar trámites vinculados a los reos, eran derivados a la casa del Conurbano bonaerense del jefe penitenciario.

Órdenes de mujer

Delgado no ahorró palabras en su resolución para enfatizar que "además de las tareas manuales en la casa particular del jefe de la Unidad, el personal de mantenimiento de la Unidad 28 estaba sujeto a las órdenes de la mujer de Sosa, a quien en varias oportunidades acompañaron al supermercado, a clases particulares de tenis, guitarra o cumpleaños, debiendo esperar en el lugar para luego regresarla a su casa. Todo ello era realizado mediante la utilización de los vehículos oficiales asignados a la Unidad, con personal uniformado del Servicio Penitenciario, y en horarios en que se encontraban cumpliendo funciones", un verdadero bochorno.

Como parte de la investigación, la Fiscalía Federal 8 ordenó un allanamiento en el domicilio de Sosa. Como resultado, los pesquisas, corroboraron lo que ya habían declarado los oficiales y suboficiales en el sumario interno y que ratificaron ante el fiscal: Sosa les hizo hasta refaccionar la piscina y acompañar a su esposa a realizar las compras al supermercado y todo en horario de trabajo.

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La descripción de esas tareas utilizando elementos del Estado, es decir abonado con los impuestos de todos los ciudadanos indigna: "colocar un techo de chapa, tipo alero, sobre una casa de juegos de la hija de Sosa; una estructura de metal tipo jaula-leonera, colocada en la puerta de ingreso al domicilio; luces en el jardín; pasadores en las puertas; aires acondicionados; una pileta de natación con venecitas colocadas y una bomba de agua utilizada para el abastecimiento de la pileta; paredes medianeras pintadas de color verde y colocadas en las puertas y ventanas del inmueble".

En las declaraciones testimoniales, por ejemplo, el Subayudante Martín José Matosian contó que "solían realizar trabajos adicionales para Sosa, y que los realizados con mayor habitualidad estaban relacionados con la hija del jefe de la Unidad 28".

Entre otros mandados, el suboficial "debía buscarla al colegio, ubicado a unas veinticinco cuadras del domicilio de Sosa, y luego llevarla a clases particulares de guitarra o de apoyo escolar".

Mandados en el supermercado

En otra oportunidad el penitenciario aseguró que "en una oportunidad debió acompañar a la mujer de Sosa a un supermercado Coto ubicado en la localidad de Monte Grande", y que las tareas domésticas realizadas hechas para la familia del jefe penitenciario las realizó "mientras se encontraba en horario laboral y que dichas diligencias las realizó utilizando la indumentaria que lo identificaba como personal del Servicio Penitenciario Federal".

El Subayudante Matosian, entre otros penitenciarios, aportaron otros datos claves para el procesamiento y el pedido de juicio oral; dijo que "cuando debían realizar trabajos en el domicilio de Sosa, parte de los elementos destinados a tal fin se encontraban en el inmueble mientras que otros, como por ejemplo la soldadora o los electrodos, eran tomados de la Unidad y llevados al lugar a fin de realizar los arreglos en cuestión", entre ellos   "tareas de pintura sobre el interior de las paredes medianeras de la propiedad y las paredes del quincho".

Por su parte el ayudante de 4° Maximiliano Ricardo Pérez fue muy preciso al recordar que "resultaba habitual salir de comisión, aproximadamente a las 15:00 o 15:30 horas, en dirección a la casa de Sosa, en donde debían buscar a la mujer del nombrado e ir con ella a retirar a su hija del colegio y luego llevarla a diferentes clases particulares u otras actividades. Además, que, en ocasiones, en dicho trayecto la mujer los hacía realizar diferentes paradas para efectuar compras".

Durante su testimonio en Asuntos Internos, y que fue tomado como propio por el fiscal Delgado, sostuvo que "la secuencia del trabajo solía ser la siguiente: se les indicaba que debían ir al domicilio a arreglar diferentes desperfectos, donde verificaban la situación y luego se dirigían a comprar los elementos necesarios para su refacción, con excepción de las herramientas, las cuales eran trasladadas directamente desde la Unidad Penal 28".

Casita de muñecas

Entra esas tareas, que nada tenían que ver con los presos que son trasladados a diario a la Alcaldía de Tribunales, tuvo que utilizar una chapa de descarte que se encontraba en la Unidad Penal "para colocarla en la casita infantil de la hija de Sosa". Y como se sabe, las casitas infantiles son el sueño de toda niña.

La declaración del Subprefecto Ricardo Alberto Acuña fue de especial interés para el fiscal Delgado porque aseguró que "al personal de mantenimiento de la Unidad 28 no le agradaba realizar tareas personales para Sosa" y reconoció que mantuvo una discusión con su par, es decir con Sosa por "la falta de coincidencias en cuanto a la afectación del personal de maestranza a tareas particulares".

En la síntesis final de su resolución Delgado no ocultó su asombro por el desparpajo y la conducta corrupta desplegada por el jefe Sosa y sostiene ante el juez Canicoba Corral que "se encuentra probado que Sosa utilizó los servicios de personal de la Sección Mantenimiento de la Unidad n°28 en beneficio propio" y que "las diferentes diligencias que el personal debía realizar en beneficio de Sosa generaba un perjuicio claro en el funcionamiento del Servicio Penitenciario, toda vez que, al realizarse durante horarios de servicio, no permitían que se cumpliera a tiempo con las obligaciones laborales".

Por todas estas razones para el fiscal Delgado el delito cometido por el ex jefe de la UP28 se corresponde a la figura prevista y reprimida en el artículo 261 del Código Penal de la Nación, esto es "malversación de caudales públicos y peculado cuya pena, en caso de ser encontrado culpable es de dos a diez años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua.

Ahora la palabra la tiene el juez Canicoba Corral, que según le aseguraron a Infobae fuentes de su juzgado elevará a juicio la causa contra Sosa y el Tribunal Oral Federal que deberá juzgar la conducta del ex funcionario que usaba a sus subordinados para que acompañen a su esposa a comprar en el supermercado, mantenimientos en su domicilio y hasta reparar la casa de muñecas de su hija.