Mendoza: una mujer deberá indemnizar a su ex marido y a su actual pareja por injuriarlos en las redes sociales

Durante tres años acusó a su ex esposo de no pagar la cuota alimentaria calificándolo de "misógino" y "corrupto" y a ella de "gato" y "figureti"

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(Getty)
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Una mujer deberá indemnizar con 10 mil pesos a su ex marido tras haber realizado por más de tres años publicaciones en sus redes insultándolo a él y a su nueva pareja.

La trabajadora social Mónica Beatriz Molina (50) estuvo casada y tuvo una hija con el comerciante mendocino Aldo Palacio hasta que en 2009 se separaron y se estableció una cuota alimentaria que él debía pagar.

Sin embargo, a partir de que Palacio rehizo su vida con Nilva María Dias Ephima, una funcionaria pública federal de Brasil, con quien se casó a principios de 2017, su ex mujer empezó a insultarlos en repetidas ocasiones a través de redes sociales con sus nombres y fotos.

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En su cuenta personal de Facebook, Molina, que es funcionaria pública capacitada en violencia de género, propinó todo tipo de agravios a la pareja: a él le decía "rata", "maltratador", "misógino", "burro" y "corrupto", afirmando que él no pagaba la cuota alimentaria. A la mujer, en tanto, la calificaba de "gato", decía que estaba "bien amaestrada", que era una "mantenida", y la invitaba a "que pruebe con trabajar", utilizando también en cada posteo fotos de ella y de sus hijos y nietos que residen en Brasil.

La mujer enviaba además mensajes privados a los familiares de él y ella acusándolo a su ex de "mierda", "inmoral", "deshonesto" y a su pareja "figureti", "gatita" y "cómplice de las mentiras de Palacios". Ante el constante hostigamiento, la pareja optó por llevar a Molina a la Justicia.

La abogada de la pareja adjuntó en la denuncia 26 publicaciones realizadas por Molina entre marzo y octubre del año pasado y finalmente el juez penal Eduardo Martearena resolvió condenarla por el delito de injurias a pagar la suma de 10 mil pesos y publicar el fallo judicial en su cuenta durante siete días.

(iStock)
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Se trata de la primera sentencia judicial de la provincia de Mendoza que se expresa sobre este tipo de delitos en redes sociales. "Lo más interesante es que se marca un hito en nuestra jurisprudencia respecto a las consecuencias que tienen este tipo de conductas que se han generalizado en las redes sociales y que causan daños psicológicos y morales en las víctimas que sufren este tipo de injurias llamadas 'escraches'", indicó la abogada especialista en derecho informático Bárbara Peñaloza, que defendió a la pareja afectada.

"Ella lo acusaba de ser un violento, un misógino. Son connotaciones muy fuertes en los tiempos que vivimos, logrando dañar nombres, imagen y, en definitiva, la dignidad. No se probaron nunca sus dichos. Ella decía que era un violento, que no pagaba la cuota alimentaria, pero eran cuestiones falsas", indicó.

El juez Martearena, en tanto, consideró que Molina ocasionó un daño "importante", a la pareja y en especial a la mujer. El magistrado tomó además como agravante que Molina sea una funcionaria pública con funciones vinculadas a la temática de violencia de género por ser "conocedora de los efectos perniciosos, dañinos y denigrantes de la violencia verbal". "Resulta paradójico que quien se compromete en la lucha contra el maltrato de la mujer emplee los mismos comportamientos que cuestiona", sostuvo en el fallo.

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