La ANMAT prohibió la comercialización de varios productos

La medida se publicó este miércoles en el Boletín Oficial

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de varios productos.

La medida, que figura en la disposición 2021/2018 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, alcanza al "Arrope de tuna"; "Miel de Caña" y "Arrope de Arándanos". "Todos marca El Panal, Producto Regional Artesanal, con RNPA N° 22035755 y RNE N° 22002034, Ruta 204- Bobadal- Santiago del Estero, como de todo producto del mismo RNE", indica el texto.

"Los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulados, resultando ser en consecuencia ilegales", indicó la ANMAT en los considerandos de la norma.

Y completó: "Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″.