Caso Maldonado: el juez Gustavo Lleral rechazó que la fiscalía sea apartada de la investigación

En un fallo que se conoció este lunes, el magistrado desestimó sendos planteos de la familia del tatuador y de la APDH mientras se investiga la muerte

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El magistrado a cargo de la investigación (Crédito foto: Maximiliano Luna)
El magistrado a cargo de la investigación (Crédito foto: Maximiliano Luna)

El juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, rechazó apartar de la investigación por la muerte de Santiago Maldonado a la fiscal federal de Esquel, Silvina Ávila, por falta de objetividad.

Los planteos de recusación habían sido interpuestos por la familia Maldonado y por la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH) que, en sendos escritos, cuestionaron su actuación, principalmente, por haber solicitado intervenciones telefónicas a testigos mapuches y al hermano de la víctima.

Entre otros argumentos, los letrados Verónica Heredia, en representación de la familia Maldonado, y Mauricio Rojas Garrido por la APDH, habían acusado a la representante del Ministerio Público Fiscal de inclinarse tendenciosamente por una sola hipótesis para favorecer a la Gendarmería en la investigación por la presunta desaparición forzada del joven platense.

La APDH esgrimió, además, un posible conflicto de intereses ya que Ávila también instruye otra causa por el corte de la ruta 40 en la que están imputados mapuches. Así, le endilgó no haber investigado ex profeso la represión de la fuerza federal y ponderó que sus actuaciones buscan criminalizar a la comunidad mapuche.

Otro punto que también desestimó Lleral fue la recusación -no prevista en el Código Procesal Penal- de la secretaria penal de la fiscalía, Raffaela Riccono, por el hecho de ser la esposa de Guido Otranto, el primer magistrado que intervino en la pesquisa por la desaparición del joven platense y que ordenó las escuchas.

Pero la cuestión más sensible-e incómoda- del pedido de apartamiento, con la consecuente contestación por parte de la fiscal, sobrevino a partir de acusaciones cruzadas por maltrato y enemistad manifiesta. En el escrito original, Sergio Maldonado había acusado a Ávila de haberlo humillado públicamente a él y su esposa al negarse a recibirlos en la fiscalía calificándolos de violentos. Afirmó que esa oposición cambió una vez que su teléfono había sido pinchado. Ávila, su parte, ventiló las agresiones verbales de las que fue blanco por parte de Sergio Maldonado durante los primeros meses de la pesquisa. Señaló que lo evitó y que sólo accedió a recibirlo a solas una vez que se colocaron cámaras de circuito cerrado de video dentro de su dependencia.

"Muevan el culo, ¡corruptas! Voy a hacer que las hachen. ¿Cuánta plata debe correr acá?", les había gritado Maldonado a las representantes del Ministerio Público Fiscal tanto en la mesa de entradas como en el despacho de la fiscal. El hermano del joven tatuador reconoció aquel exabrupto y se defendió con el argumento de que se había sentido menospreciado y destratado mientras buscaba a Santiago.

Sergio Maldonado (Crédito foto: Martín Rosenzveig)
Sergio Maldonado (Crédito foto: Martín Rosenzveig)

En su fallo, Lleral advirtió que esas circunstancias no representan razones valederas que justifiquen el apartamiento de la fiscal. Pero consideró conveniente remitir copia de las actuaciones sobre aquellos hechos al Procurador General de la Nación y al Fiscal General de Comodoro Rivadavia.

Respecto al argumento principal por haber impulsado las escuchas, el magistrado se excusó de opinar debido a que él mismo dictó la nulidad de las intervenciones, a las que consideró inconstitucionales, y sostuvo ese fallo está siendo revisado por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia. Se espera en los próximos días un pronunciamiento por parte de ese tribunal.

En relación a la presunta falta de ecuanimidad de Ávila, dijo el magistrado: "No advierto que la fiscal se haya apartado del principio de objetividad que rige su actuación, ni que haya dado lugar a dudas razonables y fundadas acerca de su falta de ecuanimidad".

Al explicar el rol persecutorio que, por su naturaleza jurídica, rige el proceder de los agentes fiscales, señaló: "Dentro de la arquitectura del proceso criminal, el fiscal reviste un papel fundamental en el ejercicio de la acción pública, pues con su actuación […] defiende la legalidad y representa los intereses generales de la sociedad. La envergadura y modalidades de su poder persecutorio conforman la fuerza que deberá confrontar y resistir cualquier imputado en la dinámica del juicio penal".

De ese forma, quedaron libres de cuestionamientos las acciones que hoy lleva adelante la fiscalía en causas conexas al caso Maldonado.

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Para el juez "ni la simple disconformidad procesal con su estrategia persecutoria, ni el simple desacuerdo de opiniones, ni las ocasionales discusiones o desencuentros justifican a priori, el apartamiento de la titular de la acción penal". Por el contrario, enfatizó, no existen circunstancias objetivas que demuestren un desvío en la investigación o la pérdida de confianza pública en la fiscal.

Por otra parte, el vínculo marital entre Riccono y el primer juez de la causa Maldonado, Guido Otranto—dijo Lleral— resulta insuficiente para demostrar la falta de objetividad, la incorrección o la "infiel influencia en el proceso" tanto en la fiscal como en la actuación de su secretaria penal.

La familia Maldonado y la APDH cuentan un plazo de tres días para recurrir la decisión de Lleral.